Colombia


Justicia Penal Militar debe reabrir investigación en Antioquia

El expediente se surte en contra de cuatro miembros del Ejército Nacional, investigados por posibles casos de ejecuciones extrajudiciales.

COLPRENSA

10 de marzo de 2020 12:35 PM

La Corte Suprema de Justicia ordenó a la Justicia Penal Militar desarchivar un expediente que se surte en contra de cuatro miembros del Ejército Nacional investigados por posibles casos de ejecuciones extrajudiciales.

Esta determinación la tomó la Corte luego de estudiar un recurso que interpuso Marta Isabel Guerra Úsuga, al considerar vulnerados los derechos al acceso a la administración de justicia y debido proceso luego de que la Penal Militar en octubre de 2006 cesó la investigación penal contra militares investigados por la muerte de su esposo Luis Alberto Avendaño y dos personas más, ocurrido en la vereda Santa Marta en Sonsón, Antioquia.

De acuerdo con Guerra Úsuga, su esposo y sus compañeros fueron asesinados por uniformados de la Cuarta Brigada de la Séptima División del Ejército, y los hicieron pasar como miembros de las extintas Farc, dados de baja en combate, situación que a juicio de la demandante no fue cierta porque seis militares habrían sacado de su lugar de residencia a uno de los compañeros de esposo.

Lo que dice Guerra Úsuga es que tras los decesos, la Justicia Penal Militar abrió investigación contra el teniente Ramiro Jairo Ramírez y los soldados profesionales William Carvajal Carvajal, Rubén Martín Giraldo y Alejandro Moreno Mena, sin embargo, estas no surtieron efecto y la Procuraduría solicitó que el caso fuese enviado a la Fiscalía pero hubo negativa tras este pedido.

Además de Guerra Úsuga, María de Conrado Giraldo familiar de uno de los asesinados también solicitó a la Fiscalía adelantar labores investigativas, sin embargo, tampoco surgió el efecto esperado.

Tras las negativas las mujeres impugnaron el archivo de la investigación y el caso llegó a la Corte Suprema donde confirmaron que “en el presente caso hay elementos para poner en tela de juicio la validez constitucional del procedimiento adelantado porque con la determinación adoptada podría favorecerse un ambiente de impunidad que es contrario a lo previsto en el ordenamiento jurídico”.

La Sala dejó claro que Guerra Úsuga acudió a presentar evidencias de lo expuesto dentro del plazo razonable, por lo que con este requisito también ve útil que se reabra tal investigación.

Así las cosas, la Sala revocó el cese de la investigación y le concedió el amparo de derechos a Guerra Úsuga.

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