Colombia


Por acoso a cuatro mujeres, Corte condenó a un fiscal en Santander

El fiscal usaba su cargo para asediar mujeres humildes que acudían a su despacho buscando diligencia en los procesos investigativos que él adelantaba.

COLPRENSA

08 de agosto de 2020 10:22 PM

La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena por acoso sexual a Adolfo Muñoz, un fiscal que usaba su cargo para asediar mujeres humildes que acudían a su despacho buscando diligencia en los procesos investigativos que él adelantaba por inasistencia alimentaria.

De acuerdo con el alto tribunal, los hechos ocurrieron mientras Muñoz fungía como fiscal delegado ante los jueces penales municipales o promiscuos de San Vicente de Chucurí (Santander).

“Asedió en distintas formas, física y verbalmente, mediante besos, tocamientos o caricias libidinosas, palabras, frases, preguntas u otras actitudes o gestos insinuantes a mujeres que tenían interés en asuntos ventilados en su dependencia, para que colaboraran en el trámite de las causas, aceptando tener relaciones eróticas o sexuales con él”, reposa en la providencia.

Por estos hechos, en primera instancia, en abril de 2019, el funcionario resultó condenado a 22 meses de prisión, tras la decisión a la Corte Suprema de Justicia llegó su apelación. Pero allí tampoco ganó. Al contrario, el alto tribunal confirmó la decisión e, incluso, dijo que lo que este hombre hizo “constituye una traición flagrante a sus deberes oficiales y a lo que la sociedad espera y desea de un funcionario judicial”.

El alto tribunal, en segunda instancia, señaló que tras un análisis evidenció que hay acierto y legalidad en la sentencia de primera instancia, debido a que se ha demostrado que lo ocurrido es un vivo ejemplo de la violencia de género materializada en perjuicio de cuatro mujeres que acudían a reclamar los derechos alimentarios de sus hijos y se convirtieron en víctimas de actos de acoso sexual cometidos por un servidor público vinculado a la administración de justicia, que se valió de su cargo con el fin de obtener de ellas favores sexuales no consentidos.

Para la Corte es claro que el exfiscal, con dichos hechos, afectó la dignidad y autonomía sexual de las mujeres dado “el marco de desigualdad en que se encontraban respecto del agresor en un entorno que la posición de dominio que este tenía, evidente por la jerarquía institucional y social que ostentaba el actor como titular del cargo de Fiscal delegado, las obligaba a acudir a su presencia para obtener información y deprecar resultados efectivos en las respectivas investigaciones que habían promovido contra los padres de sus hijos que no cumplían el deber alimentario a su cargo”.

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