La Ley de “Desconexión Laboral y Respeto por la Vida Familiar y Personal”, ya es una realidad. La misma fue sancionada por el presidente Iván Duque el pasado 6 de enero.
(Lea aquí: Aprobado proyecto de ley que garantiza la desconexión laboral)
La Ley 2191 establece que todos los trabajadores y servidores públicos tienen derecho a no recibir ningún tipo de comunicación relacionada con su ámbito o actividad laboral por fuera de la jornada laboral ni en sus vacaciones o descansos.
Por consiguiente, el empleador se abstendrá de formular órdenes u otros requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral.
“Esta ley tiene por objeto crear, regular y promover la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales dentro de las diferentes modalidades de contratación vigentes en el ordenamiento jurídico colombiano y sus formas de ejecutarse, así como en las relaciones legales y/o reglamentarias, con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y/o vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral”, se lee en el documento.
Excepciones
No estarán sujetos a Io dispuesto en esta ley:
- Los trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección,
confianza y manejo
- Aquellos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan
deban tener una disponibilidad permanente, entre ellos la fuerza pública y
organismos de socorro.
- Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se requiera cumplir
deberes extra de colaboración con la empresa o institución, cuando sean
necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones
difíciles o de urgencia en la operación de la empresa o la institución, siempre
que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.
Sanciones
En caso de que se vulnere el derecho a la desconexión laboral, el trabajador podrá poner la situación en conocimiento del Inspector de Trabajo o de la Procuraduría General de la Nación con competencia en el lugar de los hechos
La denuncia deberá detallar los hechos, así como también anexar prueba
sumaria de los mismos. El inspector o funcionario competente de la Procuraduría conminará preventivamente al empleador para que ponga en marcha los
procedimientos referidos en el artículo 5° de la presente ley.
Es de precisar que la inobservancia del derecho a la desconexión laboral podrá
constituir una conducta de acoso laboral, en los términos y de conformidad con lo establecido en la Ley 1010 de 2006.