Colombia


Sancionan Ley de Desconexión Laboral

Esta hará respetar el tiempo de descanso y de ocio de los trabajadores, estableciendo sanciones para las empresas que incumplan la nueva normativa.

EL UNIVERSAL

08 de enero de 2022 10:00 PM

La Ley de “Desconexión Laboral y Respeto por la Vida Familiar y Personal”, ya es una realidad. La misma fue sancionada por el presidente Iván Duque el pasado 6 de enero.

(Lea aquí: Aprobado proyecto de ley que garantiza la desconexión laboral)

La Ley 2191 establece que todos los trabajadores y servidores públicos tienen derecho a no recibir ningún tipo de comunicación relacionada con su ámbito o actividad laboral por fuera de la jornada laboral ni en sus vacaciones o descansos.

Por consiguiente, el empleador se abstendrá de formular órdenes u otros requerimientos al trabajador por fuera de la jornada laboral.

“Esta ley tiene por objeto crear, regular y promover la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales dentro de las diferentes modalidades de contratación vigentes en el ordenamiento jurídico colombiano y sus formas de ejecutarse, así como en las relaciones legales y/o reglamentarias, con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y/o vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral”, se lee en el documento.

Excepciones

No estarán sujetos a Io dispuesto en esta ley:

- Los trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección,

confianza y manejo

- Aquellos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan

deban tener una disponibilidad permanente, entre ellos la fuerza pública y

organismos de socorro.

- Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se requiera cumplir

deberes extra de colaboración con la empresa o institución, cuando sean

necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones

difíciles o de urgencia en la operación de la empresa o la institución, siempre

que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.

Sanciones

En caso de que se vulnere el derecho a la desconexión laboral, el trabajador podrá poner la situación en conocimiento del Inspector de Trabajo o de la Procuraduría General de la Nación con competencia en el lugar de los hechos

La denuncia deberá detallar los hechos, así como también anexar prueba

sumaria de los mismos. El inspector o funcionario competente de la Procuraduría conminará preventivamente al empleador para que ponga en marcha los

procedimientos referidos en el artículo 5° de la presente ley.

Es de precisar que la inobservancia del derecho a la desconexión laboral podrá

constituir una conducta de acoso laboral, en los términos y de conformidad con lo establecido en la Ley 1010 de 2006.

  NOTICIAS RECOMENDADAS