Colombia


Santofimio no cedió sus intereses y “sacó del camino” a Luis Carlos Galán

COLPRENSA

04 de septiembre de 2011 12:01 AM

 Después de gozar de tres años de libertad y con el panorama preparado para buscar un último aire en la política colombiana, el exministro de Justicia, Alberto Santofimio Botero, regresó en la tarde del 1º de septiembre a la Cárcel La Picota, de Bogotá, para cumplir los 21 años que le restan de su condena, como responsable del asesinato de Luis Carlos Galán Sarmiento.
El día anterior la Corte Suprema de Justicia anuló la absolución de la que gozaba, ratificó que el político tolimense fue responsable del magnicidio del precandidato a la Presidencia de Colombia y ratificó, en un histórico fallo, la condena emitida en el 2007 por el Juzgado Primero de Cundinamarca, que lo halló culpable, en calidad de coautor, del delito de homicidio con fines terroristas.
En una sentencia de 79 hojas, la Sala Penal de la Corte Suprema contrarió uno a uno los argumentos presentados en el fallo del Tribunal de Cundinamarca, emitido el 22 de octubre de 2008, que excluyó de responsabilidad a Santofimio, al determinar que no había pruebas suficientes para condenarlo.
Para el alto tribunal, dicha absolución no consideró todos los elementos materiales probatorios que la Fiscalía presentó a lo largo del juicio y, por medio de una “lectura parcializada”, se emitió un fallo en el que se rechazaron de tajo las pruebas que vinculaban a Santofimio Botero con narcotraficantes y los intereses políticos de éste de cara a las elecciones presidenciales de 1990, que lo llevaron a instigar el asesinato de Luis Carlos Galán.

“PABLO, MÁTALO”
La Corte rechazó los señalamientos de la defensa de Santofimio Botero y, sobre todo, el fallo del Tribunal de Cundinamarca en el que se manifestaba que se le debía restar credibilidad al testimonio de John Jairo Velásquez, más reconocido con el alias de Popeye y confeso hombre de confianza de Pablo Escobar Gaviria.
La defensa del político tolimense buscaba desestimar este testimonio argumentando que se habría presentado a destiempo y que carecía de validez porque existían contradicciones sobre el tiempo y lugar en el que se realizó la reunión en la que, según Popeye, Santofimio habría instigado al jefe del Cartel de Medellín para el asesinato. Además de considerar que el jefe de sicarios tenía una psiquis criminal que le impedía decir la verdad.
Sin embargo, el análisis de la Corte apuntó en el sentido contrario, pues validó que Popeye era uno de los hombres más importantes de la organización ilegal de Escobar Gaviria, a quien acompañó en las reuniones más importantes, principalmente aquellas en las que, junto con el llamado grupo de los ‘extraditables’, planearon sacar del camino a todas las personas contrarias a sus intereses.
En una de esas reuniones, llevada a cabo a finales de julio o principios de agosto de 1989 (la fecha no pudo ser precisada), Alberto Santofimio Botero tuvo un diálogo extenso con Pablo Escobar, en el que le hizo ver el “peligro” que corrían si Galán era elegido presidente de la República, algo que según el mismo exministro era lo más probable, basándose en las encuestas hechas en ese momento. “Si Galán es presidente, te extradita, utiliza todo el poder del Estado para llegar a ti, esta vez te lo digo con todo el conocimiento de  causa. Pablo, mátalo”, esta frase, pronunciada por Santofimio Botero fue la sentencia de muerte de Luis Carlos Galán.

EL MIEDO DE POPEYE
Para la Corte, era fácil comprobar que el jefe del Cartel de Medellín contaba con la asesoría de políticos, principalmente de Santofimio, con el que se le vio en eventos públicos y según muchos testigos, entre ellos el excongresista Carlos Oviedo Alfaro, en eventos privados al que también asistían los miembros más reconocidos del narcotráfico en Colombia.
Resta validez la Sala Penal a las señaladas inconsistencias en el testimonio de Popeye y a la determinación de desestimarlo por el tiempo que transcurrió entre su primera declaración, en 1994, en la que no mencionó a Santofimio y la segunda, de 2005, en la que el jefe de sicarios de Escobar Gaviria señala como instigador al exministro.
En este punto específico se llama la atención sobre el hecho de que después de la muerte de Escobar Gaviria (ocurrida en 1993) se hicieron más fuertes los ataques por parte de los hermanos Miguel y Gilberto Rodríguez Orejuela, jefes del Cartel de Cali, sobre los miembros sobrevivientes del Cartel de Medellín, lo que pudo incidir en la omisión en que incurrió Popeye en aquel entonces.
Relató Luis Carlos Aguilar Gallego, alias El Mugre, que “otros miembros del Cartel de Medellín fueron muertos de manera violenta” en 1993 y 1994, por lo que en el ambiente del hampa se generaron zozobra y miedo, principalmente en la cabeza del hombre de confianza de Escobar, lo que le impidió “testimoniar espontáneamente”.
“(…) El relato de alias Popeye no surgió tardío, pues lo entregó cinco meses después de la muerte de Pablo Escobar, admitiendo su propia responsabilidad y prosiguió con el señalamiento de Santofimio Botero apenas seis semanas después de la extradición de Miguel Rodríguez Orejuela, esto es, cuando la causa de sus temores, que le impidieron testimoniar espontáneamente con antelación, había desaparecido, pues se constituye en regla de experiencia que una persona en situación de debilidad y vulnerabilidad frente a los enemigos prefiere callar o mentir para preservar su vida y la de su familia. Así estaba Velásquez Vásquez: detenido y sin el apoyo de Escobar Gaviria”, señala uno de los apartes de la sentencia de la Corte Suprema.

ESCOBAR-SANTOFIMIO
Entre las principales pruebas que tuvo el alto tribunal para revocar la absolución emitida por el Tribunal de Cundinamarca están las testimoniales y documentales que demuestran la cercanía que tenía Santofimio Botero con los jefes de los carteles a finales de los ochentas y sus intereses políticos con miras a la Presidencia de la República.
En el contexto histórico del hecho se reseña que tanto Santofimio como Galán eran candidatos por sus movimientos políticos y buscaban ganar la representación del Partido Liberal para la candidatura a la Presidencia, con miras a las elecciones que se iban a celebrar en 1990.
La Corte llamó la atención a que el ahora condenado tenía interés político para “sacar del camino” a Luis Carlos Galán Sarmiento, quien tenía las más altas posibilidades de recibir la bendición liberal para que fuera su candidato presidencial.
Galán había resaltado en su campaña el apoyo al proyecto de extradición y había anunciado una lucha frontal contra los carteles de la droga que se estaban apoderando del país. Esta posición lo había puesto en la mira del llamado grupo de “los extraditables” conformado en un curioso pacto por los carteles de Cali y de Medellín.
En ese marco, Santofimio Botero había sido visto en proselitismo con personas de las que se sospechaba eran miembros de los carteles de la droga o tenían otros nexos ilegales. Ese análisis contrarió el expuesto por el Tribunal de Cundinamarca, que había borrado de un tajo el supremo interés presidencial que tendría Santofimio de cara a las elecciones de 1990.
Santofimio en esos momentos lideraba el grupo Alternativa Popular, que acogió a Pablo Escobar Gaviria luego de que fuera expulsado del movimiento Nuevo Liberalismo por Luis Carlos Galán, quien denunció sus vínculos con el narcotráfico.
“(…) En tal condición, supo que la muerte del doctor Galán se comenzó a gestar desde cuando éste expulsó a Escobar del movimiento Nuevo Liberalismo”, pero Alberto Santofimio acogió a Escobar en su grupo Alternativa Popular y comenzaron a adelantar proselitismo político, en Medellín, junto con Jairo Ortega. Este salió elegido a la Cámara de Representantes y como suplente Escobar, escenario en el cual Santofimio actuaba como asesor”, señala uno de los apartes de la sentencia de la Corte.
Es un hecho ya clásico de nuestra historia que el 12 y 13 de diciembre de 1984 Galán Sarmiento denunció ante el Senado de la República a Pablo Escobar, quien entonces fungía como representante a la Cámara por Antioquia, en remplazo de Jairo Ortega.
“Desde  entonces,  surgió  una  animadversión política y moral de los primeros (Escobar y Ortega) contra el  último (Galán)”, se resalta en uno de los apartes de la decisión en la que se explica la génesis de la persecución emprendida por el Cartel de Medellín en contra del precandidato presidencial.
Con la denuncia de Galán se truncó el camino de Escobar Gaviria en el Congreso de la República, en el cual buscaba por todos los medios posibles oponerse al proyecto de extradición, que tenía como foco principal a los capos de los carteles de la droga.
“Ese proyecto delictivo fue liderado, entre otros, por Pablo Emilio Escobar Gaviria, jefe indiscutible del Cartel de Medellín, y su socio José Gonzalo Rodríguez Gacha, alias el Mexicano, y fue apoyado por políticos que igualmente se oponían a la extradición de nacionales”, señala la Corte Suprema de Justicia.

ACTO TERRORISTA
Para la Corte Suprema el fallo absolutorio dictado por el Tribunal de Cundinamarca presenta graves omisiones en el análisis del contexto del conflicto armado, la lucha de carteles de la droga, y aún el más importante punto, la lucha en contra de la extradición y la eliminación de todos quienes la apoyasen.
En este contexto violento se le escapó al Tribunal considerar el hecho de la persecución y eliminación sistemática de políticos cuya posición iba en contravía a los intereses que tenían los grupos dedicados al tráfico de drogas, que ya estaban pasando esa línea y se estaban convirtiendo además en una fuerza armada ilegal que tenía como finalidad, usando medios terroristas, presionar a las instituciones y lograr así sus objetivos.
“La eliminación del oponente político era un fenómeno que lejos estaba de ser impensable o de considerárselo como de imposible ocurrencia. Piénsese, sin ir más lejos, que por aquellas calendas fueron muertos de manera violenta la mayoría, por no decir la totalidad, de los integrantes del movimiento político de la Unión Patriótica, precisamente por su ideología partidista”, aclara la sentencia.
A finales de los años ochenta del siglo pasado los carteles del narcotráfico ejecutaron actos violentos entre los que se desatacaron secuestros masivos y bombas y que iban dirigidos contra la población civil con el evidente propósito, logrado, de causar temor generalizado.
Señala la Corte que “en ese contexto, el mismo material probatorio permite deducir que respecto de Galán Sarmiento la conducta punible se realizó con conciencia y voluntad, esto es, que en el desarrollo de todo el recorrido criminal, desde su ejecución hasta su consumación se pusieron en movimiento las esferas cognoscitivas y volitivas, de donde surge el dolo directo como forma de esa conducta punible”.
 

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