Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016 Ediciones anteriores |
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Manifiesta usted haber adquirido un crédito hace veintitrés años, del cual en su momento canceló en su totalidad, pero a la fecha la entidad bancaria le comunica que tiene un saldo pendiente. Pregunta usted, si la entidad bancaria puede ejercer una acción legal para el cobro.
De la lectura de su consulta nos permitimos informarle que en el caso que la entidad bancaria presente proceso ejecutivo para cobrar lo que alega, usted podrá ejercer su derecho de defensa a través de la contestación de la demanda, pudiendo alegar la prescripción de la obligación, toda vez que el por el tiempo transcurrido y la inactividad en el cobro sería a su favor.
En el evento que se le presente otra inquietud, puede acercarse al Consultorio Jurídico ubicado en el centro Calle Estanco del Tabaco # 35 - 16 TEL: 660 2015 CARTAGENA –COLOMBIA.
Cordialmente,
CESAR GARCIA NOVOA
Estudiante Consultorio Jurídico – VII Semestre
Corporación Universitaria Rafael Núñez
LILIANA CAMARGO
Asesora Área Civil
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