Cartagena de Indias, Colombia Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016
Ediciones anteriores


Síganos en: Twitter twitter Facebook Facebook

Daños físicos causados por hidrante en vía pública



Resumen del caso: 
Estimada señora consultante: Con relación a su caso, le sugiero intente una demanda contra la empresa encargada de la responsabilidad del hidrante que le ocasionó el daño, sea empresa de acueducto, municipio o distrito, etc., con el fin de que le indemnice los perjuicios causados. En ese sentido, es bien importante e ineludible que se asesore de un abogado que sepa de responsabilidad civil extra contractual, ya que hay muchos aspectos "técnicos" dignos de ser tenidos en cuenta antes de iniciar cualquier proceso. Algunos abogados acostumbran cobrar en esta clase de demandas a "cuota litis", esto es, un porcentaje de lo que se gane con el proceso, de manera que no tendría en ese evento que preocuparse de adelantar suma de dinero alguna. Si en definitiva no tiene medio económico alguno, acérquese a un consultorio jurídico de una facultad de derecho de una universidad de su localidad, y solicite su respectiva asesoría. Con todo gusto. CESAR FARID KAFURY BENEDETTI Director General Consultorio Jurídico Universidad de San Buenaventura Cartagena
Respuesta a la consulta: 

Estimada señora consultante:
Con relación a su caso, le sugiero intente una demanda contra la empresa encargada de la responsabilidad del hidrante que le ocasionó el daño, sea empresa de acueducto, municipio o distrito, etc., con el fin de que le indemnice los perjuicios causados. En ese sentido, es bien importante e ineludible que se asesore de un abogado que sepa de responsabilidad civil extra contractual, ya que hay muchos aspectos "técnicos" dignos de ser tenidos en cuenta antes de iniciar cualquier proceso.

Algunos abogados acostumbran cobrar en esta clase de demandas a "cuota litis", esto es, un porcentaje de lo que se gane con el proceso, de manera que no tendría en ese evento que preocuparse de adelantar suma de dinero alguna.

Si en definitiva no tiene medio económico alguno, acérquese a un consultorio jurídico de una facultad de derecho de una universidad de su localidad, y solicite su respectiva asesoría.

Con todo gusto.

CESAR FARID KAFURY BENEDETTI
Director General Consultorio Jurídico Universidad de San Buenaventura Cartagena

Respondida: 
Si

Archivo

June 2016
DomLunMarMiéJueVieSáb
2930311234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293012