Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016 Ediciones anteriores |
|
Síganos en: twitter Facebook |
Se entiende como contrato de prestación de servicios la ejecución de actividades basadas en la experiencia, capacitación y formación profesional de una persona en determinada materia.
La vigencia del contrato es por el tiempo justo para ejecutar un objeto específico de acuerdo con lo que se hubiere pactado en el respectivo tenor literal.
En los contratos en donde esté involucrada la ejecución de un servicio en favor de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, tales como contratos de obra, de arrendamiento de servicios, de prestación de servicios, consultoría, asesoría y cuya duración sea superior a tres (3) meses, la parte contratante debe verificar la afiliación y pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
En cuanto a la consulta (Afiliación a Salud), esta deberá realizarse como trabajador independiente (cotizante), y no como beneficiario, de acuerdo con lo enunciado anteriormente.
Fundamento jurídico: Decreto 1703/02, artículo 23.
CAROLINA LOPEZ PAJARO
Asesora Jurídica Consultorio Jurídico Universidad de San Buenaventura - Cartagena
Dom | Lun | Mar | Mié | Jue | Vie | Sáb |
---|---|---|---|---|---|---|
29 | 30 | 31 | 1 | 2 | 3 | 4 |
5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 |
12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 |
19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 |
26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 1 | 2 |