Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016 Ediciones anteriores |
|
Síganos en: twitter Facebook |
Antes de realizar el proceso de sucesión debe acudir ante un Juez de Familia en la ciudad de Bogotá para que se proceda a cancelar el patrimonio de familia, trámite que sólo lo puede hacer su padre por ser propietario del inmueble.
Después de la cancelación del patrimonio de familia debe iniciar el proceso de sucesión, el cual lo puede realizar su padre, sus hermanos o usted. De tal manera, que su padre por mandato legal, luego de haber realizado el levantamiento de la afectación del patrimonio de familia y el proceso de su sucesión, puede vender el cincuenta por ciento que le corresponde, el otro cincuenta por ciento estará en cabeza de sus hermanos y usted. Con el proceso de sucesión se le adjudica a cada uno de los herederos el porcentaje que por mandato legal le corresponde.
De presentársele otra inquietud usted podrá dirigirse al Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación de la Corporación Universitaria Rafael Núñez ubicado en la ciudad de Cartagena, en el barrio Centro calle Estanco del Tabaco No. 35-16, Teléfono 6602015 extensión 109, o cualquiera de su ciudad de residencia.
Atentamente,
EDUARDO MARRUGO CELY
HEIDY GONZALEZ LUNA
Estudiantes Consultorio Jurídico
Corporación Universitaria Rafael Núñez
ANTONIA PARDO DE HOWARD
Asesora Derecho de Familia
Dom | Lun | Mar | Mié | Jue | Vie | Sáb |
---|---|---|---|---|---|---|
29 | 30 | 31 | 1 | 2 | 3 | 4 |
5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 |
12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 |
19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 |
26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 1 | 2 |