Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016 Ediciones anteriores |
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De acuerdo con la consulta realizada por usted, y teniendo en cuenta los hechos narrados, le manifestamos lo siguiente con respecto a sus derechos y obligaciones relacionadas con su hijo.
Usted como padre del menor esta en todo el derecho de visitar a su hijo, amparado por el Art. 256 del Código Civil que establece: “el padre o la madre de cuyo cuidado personal se sacaren los hijos no por eso se prohibirá visitarlos con frecuencia y libertad que el juez juzgare conveniente”.
El derecho que se le otorga consiste en la posibilidad de mantener entrevistas periódicas con los hijos, comprende también el derecho de mantener comunicación postal y telefónica con el menor y esta no puede ser controlada e interferida sino por motivos serios y legítimos, en salvaguarda del interés del menor.
En cuanto a la regulación de las visitas estas son concedidas cada 15 días, procurando el mayor acercamiento posible entre padre e hijo de modo que su relación no sea desnaturalizada. Claro que la naturaleza y la finalidad de las visitas es un derecho familiar del cual son titulares conjuntos, tanto los padres como los hijos y cuyo ejercicio ha de estar enderezado a cultivar el afecto, la unidad y solidez de las relaciones familiares (Corte constitucional Sentencia 18 de septiembre 1992).
Le sugerimos realizar una nueva conciliación en el domicilio del menor, en este caso la ciudad de Barraquilla, en donde usted como padre cite a la señora Ana Macias y a su actual compañero; con el fin de acordar de manera clara como puede ser el manejo de las visitas, manifestando los días en los cuales tenga disponibilidad de ejercer el derecho de compartir con su hijo, fijando en esa misma conciliación una cuota alimentaría para que pueda a su vez cumplir con la obligación para con el menor, y la de estipular claramente de que no se le puede coartar el derecho que le asiste de entrevistarse y comunicarse constantemente con su hijo sin impedimento alguno.
Si se le presenta otra inquietud usted podrá dirigirse al Consultorio Jurídico de la Corporación Universitaria Rafael Núñez ubicado en el Centro calle Estanco del Tabaco # 35-16, Teléfono 6602015. o a uno cualquiera de su ciudad de residencia.
Cordialmente,
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ALEXIS GARCIA HERNANDEZ-
ESTUDIANTE DEL CONSULTORIO JURÍDICO
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NUÑEZ
X SEMESTRE
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Dra. MARTHA ESPINOSA
ASESOR DE ÁREA FAMILIA
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NUÑEZ
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