Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016 Ediciones anteriores |
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Con relación a sus interrogantes y teniendo en cuenta sus manifestaciones le recomendamos iniciar una Acción de Tutela como mecanismo transitorio para la protección de la vida del que está por nacer y que la reintegren a su puesto de trabajo. De acuerdo con el articulo 86 de la Constitución Política, por cuanto la ley protege a la mujer embarazada por aquello de la estabilidad laboral reforzada.
La acción de tutela la puede presentar ante cualquier juez del lugar donde le violaron el derecho y esta la puede presentar a nombre propio, es decir, que no necesita abogado para ello.
En el evento que se le presente otra inquietud, puede acercarse al consultorio jurídico ubicado en el centro Calle Estanco del Tabaco #35-16 TEL: 660 2015 CARTAGENA –COLOMBIA.
Cordialmente,
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HENRY COSSIO TAFURT - BONYS NAVARRO COGOLLO
ESTUDIANTES DEL CONSULTORIO JURÍDICO
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NUÑEZ
IX SEMESTRE
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