Cartagena de Indias, Colombia Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016
Ediciones anteriores


Síganos en: Twitter twitter Facebook Facebook

Problemas con fondo de pensiones por falta de reporte de semanas cotizadas



Resumen del caso: 
Con relación a la consulta, relacionada con la falta de registro de semanas cotizadas en un fondo de pensiones, es importante tener en cuenta las siguientes hipótesis que se pueden presentar, entre otras: 1. Que el fondo de pensiones hubiere omitido llevar el registro de las semanas cotizadas por el empleador, para lo cual es recomendable presentarle un derecho de petición anexándole las copias de las correspondientes cotizaciones o autoliquidaciones realizadas por el patrono de manera que puedan reconstruir el historial, para lo cual resulta adecuado acercarse a las oficinas de recursos humanos o de talento humano, de la empresa donde se laboró con el fin de consultar sobre si en efecto la misma llevó a cabo las cotizaciones por concepto de pensión. Si no se era trabajador empleado sino independiente, se deben agregar a la petición las copias de los formatos de cotización realizados. 2. Que el o los empleadores correspondientes a los periodos no reportados no hubieren realizado las cotizaciones al fondo de pensiones, razón por la cual no aparecen los reportes mencionados. En este evento, y al no cumplir con las obligaciones legales, el o los empleadores deberán asumir directamente la carga prestacional por concepto de pensión. Esta circunstancia se debe constatar directamente al empleador o empleadores anteriores. 3. Que al momento de trasladarse de un fondo de pensiones a otro, no se hubieren informado las novedades correspondientes de retiro al fondo donde originalmente se venían haciendo los aportes, incurriendo en una multiafiliación que impedía que el nuevo fondo de pensiones asumiera la carga prestacional. En esta hipótesis, igualmente es importante presentar un derecho de petición a los fondos, con el objeto de que descarten que en efecto hubo una multiafiliación, ya que de haberla, se hace necesario determinar cual de ellos debe asumir la carga prestacional derivada de los aportes. ROSA JIMENEZ Asesora Jurídica Consultorio Jurídico Universidad de San Buenaventura-Cartagena
Respuesta a la consulta: 

Con relación a la consulta, relacionada con la falta de registro de semanas cotizadas en un fondo de pensiones, es importante tener en cuenta las siguientes hipótesis que se pueden presentar, entre otras:

1. Que el fondo de pensiones hubiere omitido llevar el registro de las semanas cotizadas por el empleador, para lo cual es recomendable presentarle un derecho de petición anexándole las copias de las correspondientes cotizaciones o autoliquidaciones realizadas por el patrono de manera que puedan reconstruir el historial, para lo cual resulta adecuado acercarse a las oficinas de recursos humanos o de talento humano, de la empresa donde se laboró con el fin de consultar sobre si en efecto la misma llevó a cabo las cotizaciones por concepto de pensión. Si no se era trabajador empleado sino independiente, se deben agregar a la petición las copias de los formatos de cotización realizados.

2. Que el o los empleadores correspondientes a los periodos no reportados no hubieren realizado las cotizaciones al fondo de pensiones, razón por la cual no aparecen los reportes mencionados. En este evento, y al no cumplir con las obligaciones legales, el o los empleadores deberán asumir directamente la carga prestacional por concepto de pensión. Esta circunstancia se debe constatar directamente al empleador o empleadores anteriores.

3. Que al momento de trasladarse de un fondo de pensiones a otro, no se hubieren informado las novedades correspondientes de retiro al fondo donde originalmente se venían haciendo los aportes, incurriendo en una multiafiliación que impedía que el nuevo fondo de pensiones asumiera la carga prestacional. En esta hipótesis, igualmente es importante presentar un derecho de petición a los fondos, con el objeto de que descarten que en efecto hubo una multiafiliación, ya que de haberla, se hace necesario determinar cual de ellos debe asumir la carga prestacional derivada de los aportes.

ROSA JIMENEZ
Asesora Jurídica Consultorio Jurídico Universidad de San Buenaventura-Cartagena

Respondida: 
Si

Archivo

June 2016
DomLunMarMiéJueVieSáb
2930311234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293012