Cartagena de Indias, Colombia Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016
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¿Qué se debe hacer para presentar una denuncia penal o una querella ante la fiscalía?



Resumen del caso: 
Es importante aclarar, que si usted pretende colocar en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación determinados hechos que considera delictivos contra su integridad moral, basta que se dirija a la sala especializada de denuncias de dicha entidad, o su equivalente, para que de manera verbal le reciban la denuncia o querella que pretende instaurar. Para eso la Fiscalía tiene esa dependencia, lo que le ahorraría bastante trabajo "técnico" que más bien le correspondería a un abogado. Recuerde que se denuncian hechos o situaciones de hecho, fácticas, reales, y no -en el estricto sentido jurídico-, personas. En dichos hechos -que deben ser sucintos, claros y numerados-, se deberán mencionar, eso sí, las personas que han llevado a cabo los hechos denunciados, para que el fiscal los vincule al proceso si lo considera pertinente. Esto es importante, por cuanto hacer una imputación delictiva directa hacia una persona, puede generarle luego a usted una investigación penal por falsa denuncia, en el evento en que no logre demostrar fehacientemente los hechos que constituyen la conducta delictiva en cabeza de dicha persona, lo que es un riego siempre posible en los asuntos judiciales que es mejor evitar. Tratándose de conductas punibles contra la integridad moral, dentro de las que se encuentran la Injuria, y la calumnia, es bueno que sepa que hay que narrarle al fiscal al pie de la letra, es decir, literalmente y sin pena, los hechos e imputaciones deshonrosas que la constituyen, así suenen groseras, crudas o vulgares, porque precisamente, le corresponderá al fiscal, y luego al juez, calificar el mérito de esas imputaciones a fin de determinar si en realidad atentan o no contra su integridad moral. Por lo anterior, de manera cordial le sugiero que se dirija a la sala especializada de denuncias, para que ante ella, presente de manera verbal su denuncia o querella, ya que allí estarán en la obligación de levantar por escrito el acta correspondiente y remitirla a la fiscalía competente para que se inicie formalmente el proceso penal. Para finalizar, le sugiero que se asesore en la medida de lo posible, de un abogado titulado, o de un consultorio jurídico de una facultad de derecho, en el caso de que carezca de medios económicos, para que de manera posterior a la presentación de la denuncia o querella, instaure lo que se denomina "demanda de parte civil", ante el fiscal que conozca del proceso penal, con el objeto de que de manera formal solicite la indemnización de perjuicios contra las personas que terminen involucradas en la investigación penal, pudiendo con ella aportar y solicitar las pruebas que considere pertinente para demostrar los hechos que describe en la denuncia o querella. Muy atentamente, CESAR FARID KAFURY BENEDETTI Director General Consultorio Jurídico Universidad de San Buenaventura - Cartagena
Respuesta a la consulta: 

Es importante aclarar, que si usted pretende colocar en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación determinados hechos que considera delictivos contra su integridad moral, basta que se dirija a la sala especializada de denuncias de dicha entidad, o su equivalente, para que de manera verbal le reciban la denuncia o querella que pretende instaurar. Para eso la Fiscalía tiene esa dependencia, lo que le ahorraría bastante trabajo "técnico" que más bien le correspondería a un abogado.

Recuerde que se denuncian hechos o situaciones de hecho, fácticas, reales, y no -en el estricto sentido jurídico-, personas. En dichos hechos -que deben ser sucintos, claros y numerados-, se deberán mencionar, eso sí, las personas que han llevado a cabo los hechos denunciados, para que el fiscal los vincule al proceso si lo considera pertinente. Esto es importante, por cuanto hacer una imputación delictiva directa hacia una persona, puede generarle luego a usted una investigación penal por falsa denuncia, en el evento en que no logre demostrar fehacientemente los hechos que constituyen la conducta delictiva en cabeza de dicha persona, lo que es un riego siempre posible en los asuntos judiciales que es mejor evitar.

Tratándose de conductas punibles contra la integridad moral, dentro de las que se encuentran la Injuria, y la calumnia, es bueno que sepa que hay que narrarle al fiscal al pie de la letra, es decir, literalmente y sin pena, los hechos e imputaciones deshonrosas que la constituyen, así suenen groseras, crudas o vulgares, porque precisamente, le corresponderá al fiscal, y luego al juez, calificar el mérito de esas imputaciones a fin de determinar si en realidad atentan o no contra su integridad moral.

Por lo anterior, de manera cordial le sugiero que se dirija a la sala especializada de denuncias, para que ante ella, presente de manera verbal su denuncia o querella, ya que allí estarán en la obligación de levantar por escrito el acta correspondiente y remitirla a la fiscalía competente para que se inicie formalmente el proceso penal.

Para finalizar, le sugiero que se asesore en la medida de lo posible, de un abogado titulado, o de un consultorio jurídico de una facultad de derecho, en el caso de que carezca de medios económicos, para que de manera posterior a la presentación de la denuncia o querella, instaure lo que se denomina "demanda de parte civil", ante el fiscal que conozca del proceso penal, con el objeto de que de manera formal solicite la indemnización de perjuicios contra las personas que terminen involucradas en la investigación penal, pudiendo con ella aportar y solicitar las pruebas que considere pertinente para demostrar los hechos que describe en la denuncia o querella.

Muy atentamente,

CESAR FARID KAFURY BENEDETTI
Director General Consultorio Jurídico Universidad de San Buenaventura - Cartagena

Respondida: 
Si

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