Cultural


Juez ordena a periodistas rectificar publicación contra Ciro Guerra

El Tribunal Superior de Bogotá falló a favor del cineasta colombiano tras acusaciones de acoso sexual.

COLPRENSA

03 de mayo de 2021 01:39 PM

La Sala de Decisión penal del Tribunal Superior de Bogotá le dio 10 días a las periodistas Catalina Ruiz Navarro y Matilde de los Milagros Londoño para que rectifiquen una publicación en la que recogieron varias denuncias contra el director de cine Ciro Guerra por presunto abuso sexual. (Lea aquí: Fiscalía cita a declarar a periodistas que denunciaron a Ciro Guerra).

El tribunal acogió una tutela presentada por el abogado de Guerra el 24 de julio de 2020 en defensa de sus derechos fundamentales al buen nombre, honra y presunción de inocencia, según él vulnerados por la publicación ‘Ocho denuncias de acoso y abuso sexual contra Ciro Guerra’.

La tutela había sido negada por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Conocimiento el pasado 4 de marzo por improcedente, porque el juez no encontró un perjuicio irremediable en los términos descritos por la jurisprudencia constitucional que amerite la intervención del juez de tutela.

Según el Tribunal el reportaje, publicado en la revista virtual `Volcánicas´, se fundamenta en testimonios de quienes están vinculadas directamente a los hechos o que tuvieron conocimiento de los mismos, pero que no revelan nombres específicos, ni de las supuestas víctimas, ni de las restantes personas que aseguran haber tenido conocimiento indirecto de los hechos, circunstancias que obedecen presuntamente a la necesidad de protección de su identidad.

La sala agrega que este reportaje: “contiene una valoración de los hechos realizada por las actoras de la publicación, quienes entran a calificarlos como constitutivos de acoso y abuso sexual, afirmando y dando por establecida su ocurrencia, señalándolo directa y definitivamente como responsable de ellos.

Explica también que las periodistas han sido entrevistadas por diferentes medios de comunicación, entre ellos, El Espectador, Revista Semana, EL Tiempo, Blu Radio y la Silla Vacía, quienes replican tales afirmaciones.

Con base en esto y tras un exhaustivo análisis, la sala consideró que el reportaje publicado por las periodistas demandadas no cumple los presupuestos del derecho a la información consagrados en el art. 20 de la Constitución Política, pues recordó: “que el aludido precepto exige que la información que se publique sea veraz e imparcial, lo que implica para en este evento que el artículo difundido hubiese sido contrastado con otras fuentes, dado el calado de la información revelada, las acusaciones realizadas contra el aquí accionante y el reproche social que en los últimos tiempos ha generado esta clase de comportamientos, no solo en el gremio de la farándula, la industria cinematográfica, sino en todas las esferas de la sociedad”.

Frente a esta afirmación la sala explicó que: “podría pensarse que en este caso bastaría con los relatos de las presuntas afectadas, para dar veracidad a la información publicada, por tratarse de las víctimas directas de los hechos denunciados, sin embargo como se dijo anteriormente ante lo complejo y delicado que resulta esa clase de situaciones, era necesario que las periodistas sustentaran un poco más esas acusaciones y de ese modo garantizar el cumplimiento del principio de imparcialidad, al ser claro que el artículo comprometía los derechos del accionante”.

Agregó que en los apartes finales de cada relato y lo expuesto en el acápite `denuncia pública´, se puede visualizar como se usan: “para demostrar el modus operandi del accionante y conllevan a sugerir al lector que aquél es una persona que incurre en conductas reprochables por la sociedad y el ordenamiento penal, sin que las autoridades competentes se hayan pronunciado al respecto”.

Por estas razones en su decisión la sala consideró que : “existe conculcación del derecho al buen nombre y honra del actor, pues el artículo publicado al no estar sustentado con la suficiente exactitud que permita verificar la verdad de los hechos y evitar a la confusión del lector, desconoció el principio de veracidad e imparcialidad, lo cual afectó la opinión e imagen que la sociedad tiene de Ciro Guerra”.

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS