Se estima que estos contribuyentes tienen obligaciones pendientes con la DIAN por 10 mil millones de pesos y para recuperar esa cartera la recién aprobada Reforma Tributaria otorgó condiciones especiales para el pago de impuestos, tasas y contribuciones correspondientes a los periodos antes citados.
Los interesados tienen plazo para acogerse a estos planes hasta el 26 de septiembre de 2013 y los contribuyentes del sector agropecuario hasta el 26 de abril de 2014.
Además del Punto de Contacto de la DIAN en Manga, los contribuyentes morosos podrán obtener mayor información llamando al teléfono 6700111 extensiones 42260, 42264, 42760 y 42262.
En todo el país son morosos de la DIAN 220.008 contribuyentes, con obligaciones que ascienden a un total de $ 2,9 billones de pesos.
Beneficios adicionales
A los responsables del impuesto sobre las ventas y agentes de retención en la fuente que se acojan a cualquiera de las dos opciones, se les extinguirá la acción penal, para lo cual deberán acreditar ante la autoridad judicial competente, el pago o la suscripción del acuerdo de pago.
¿Quiénes no pueden acceder a este beneficio? Los deudores que hayan suscrito acuerdos de pago y se encuentren en mora a 26 de diciembre de 2012, salvo que a dicha fecha hubieran sido admitidos a procesos de reestructuración empresarial o procesos de liquidación judicial.
Pérdida del beneficio
Pierde este beneficio quien se acoja a esta condición especial e incurra en mora dentro de los 2 años siguientes a la fecha del pago realizado con la reducción de los intereses causados y de las sanciones, pierde automáticamente el beneficio, en consecuencia la DIAN procederá de manera inmediata el respectivo proceso de cobro.
Opciones de pago
-Pago de contado: si el contribuyente realiza el pago de contado del 100% de la obligación principal pendiente, deberá cancelar sólo el 20% los intereses causados y las sanciones generadas hasta la fecha del pago. El plazo para acogerse a este beneficio es de nueve (9) meses a partir de la vigencia de la Ley 1607, es decir, hasta el 26 de septiembre de 2013.
Los deudores del sector agropecuario tienen dieciséis (16) meses de plazo para acogerse a este beneficio, es decir, hasta el 26 de abril de 2014.
-Acuerdo de pago: si el deudor suscribe un acuerdo de pago por la totalidad de la obligación principal más los intereses y sanciones actualizadas, por cada concepto y período pagarán el 100% de la obligación principal y el cincuenta (50%) de los intereses y las sanciones actualizadas hasta la fecha del pago. En este caso el pago deberá efectuarse dentro de los dieciocho (18) meses a partir de la promulgación de la ley, es decir, hasta el 26 de junio de 2014.