Económica


Dian presenta beneficios tributarios hasta el 30 de junio

En Cartagena, 514 contribuyentes pueden acceder a estos beneficios.

REDACCIÓN ECONÓMICA

07 de mayo de 2020 12:00 AM

En el marco de la emergencia sanitaria, la Dian adelanta acciones de acercamiento y promoción para que los contribuyentes que puedan acceder a los beneficios de la Ley de Crecimiento Económico lo hagan antes del 30 de junio.

En Cartagena son 514 contribuyentes con obligaciones por $12.396.433.943 los que están invitados a acogerse a estos beneficios, tales como el principio de favorabilidad en la etapa de cobro y acuerdos de pago hasta por 12 meses con el cumplimiento de los requisitos del artículo 814 del Estatuto Tributario.

Esto con el fin de evitar que se adelanten procesos penales por delitos de omisión del agente retenedor y/o recaudador y que se decreten medidas cautelares.

Entre los contribuyentes mencionados, se encuentran empresas del sector de manufactura de alimentos, vestuario, accesorios y construcción.

Atención virtual

El viernes 8 de mayo la Dian llevará a cabo una jornada de atención virtual con el fin de orientar y resolver inquietudes de los contribuyentes en torno a los beneficios. Los interesados deberán registrar su cita a través del sistema de asignación en la página web de la Dian (https://agendamientodigiturno.dian.gov.co), en la opción orientación solicitudes facilidades de pago. A través de este medio se le asignará una hora específica durante la jornada en la que será atendido.

Además, la entidad dispuso de varios canales virtuales para que los contribuyentes envíen las solicitudes de facilidades de pago y puedan ponerse al día. Para ello deben enviar un correo electrónico dirigido a la dirección seccional donde se encuentran inscritos en el RUT con la información y documentos requeridos.

“Estos beneficios permitirán al contribuyente, declarante, agente retenedor, responsable, deudor solidario, deudor subsidiario o garante, que a 27 de diciembre de 2019 tenga obligaciones fiscales a cargo, pagar el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más dos (2) puntos porcentuales, lo que implica un ahorro para el mes de mayo de 5.1 puntos”, indicó la entidad.

Además, se advirtió que quienes tengan obligaciones fiscales a cargo que presten mérito ejecutivo, conforme al artículo 828 del Estatuto Tributario, podrán solicitar ante el área de cobro de la respectiva dirección seccional de la DIAN, la aplicación del principio de favorabilidad en materia sancionatoria y acuerdos de pago hasta por 12 meses para su pago, aplicando la tasa de interés corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más 2 puntos porcentuales.

La reducción de sanciones de que trata esta disposición aplicará respecto de todas las sanciones tributarias que fueron reducidas mediante la Ley 1819 de 2016.

Fiscalización tributaria

También habrá disminución de sanciones, intereses y actualización entre el 50% y el 80% dependiendo del beneficio, el acto administrativo a transar y la etapa procesal en las Terminaciones por Mutuo Acuerdo y Conciliaciones. Para acogerse a esto se deberá presentar una solicitud a más tardar el día 20 de junio con el cumplimiento de los términos y condiciones previstos en los artículos 118 y 119 de la Ley de Crecimiento Económico.

Los agentes de retención con declaraciones ineficaces, también son llamados a subsanar la situación mediante la presentación de una nueva declaración con la liquidación u pago de los valores dejados de pagar, incluyendo la sanción de extemporaneidad e intereses a los que haya lugar.

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