Económica


Establecen base gravable de vehículos automotores para vigencia fiscal 2020

El pasado viernes 29 de noviembre, el Ministerio de Transporte expidió la resolución “Por la cual se establece la base gravable de los vehículos automotores, para la vigencia fiscal 2020”.

FENALCO

10 de diciembre de 2019 05:37 PM

El pasado viernes 29 de noviembre, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución No. 05801 de 2019 “Por la cual se establece la base gravable de los vehículos automotores, para la vigencia fiscal 2020”.

Así, la base gravable para los vehículos antiguos y clásicos, será igual al cincuenta por ciento (50%) del valor establecido para el año modelo 1995, contenido en la tabla No. 1 anexa a la presente resolución.

Por otro lado, los vehículos blindados tendrán como base gravable la correspondiente, de acuerdo a la marca, línea, cilindrada y año modelo del automotor, determinada en las tablas Nos. 1 o 2, incrementada en un diez por ciento (10%).

Respecto de los vehículos de modelo anterior al año 1995, tendrán como base gravable la correspondiente a ese año, de acuerdo a la marca , línea, cilindrada del motor, capacidad de carga o número de pasajeros, según sea el caso.

Los vehículos internados temporalmente, tendrán base gravable para el pago del impuesto anual de los vehículos internados temporalmente en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo, que en todo caso será igual al cincuenta por ciento (50%) del valor establecido en las tablas anexas.

Por último, las disposiciones contenidas en la norma serán aplicables única y exclusivamente para la vigencia fiscal 2020. La base gravable de años fiscales anteriores, será la establecida en las Resoluciones expedidas para tales efectos en los años respectivos.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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