En días pasados, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, expidió el Decreto No. 1651 de 2019 “Por el cual se adiciona el título 8 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República, para establecer la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación”.
El Sistema Nacional de Competitividad e Innovación- SNCI, se encargará de coordinar y orientar las actividades que realizan las instancias públicas, privadas y académicas relacionadas con las políticas que promuevan la competitividad e innovación del país bajo una visión de mediano y largo plazo, con el fin de promover el desarrollo económico, la productividad y mejorar el bienestar de la población.
Así las cosas, el SNCI sesionará de manera ordinaria una vez al mes y de manera extraordinaria cuando sea citado por la Secretaría Técnica. El mencionado Comité, deberá establecer su propio reglamento de funcionamiento.
Por último, la Consejería Presidencial para la Competitividad y la Gestión Público - Privada y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo promoverán, en marco Comité de Regionalización, la articulación con otras entidades de la Rama Ejecutiva para la implementación de los programas, proyectos e iniciativas de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovación.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.
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