Fenalco


No se puede cancelar marca notoria

FENALCO

28 de noviembre de 2013 06:11 PM

El  Consejo de Estado, mediante Sentencia de Mayo de 2013, establece que no podrá cancelarse ni total ni parcialmente el registro de una marca notoria por su falta de uso. 

Al respecto, señala la sala, “ que el derecho de marcas se consagra bajo el postulado de promover la actividad empresarial y la competencia leal, por lo tanto no es admisible que se permita el aprovechamiento del prestigio ajeno al hacer operante la figura de la cancelación por no uso de la marca notoria de la misma forma en que se haría respecto de una marca que no haya alcanzado tal nivel, ya que en este caso está en juego no sólo el esfuerzo del titular de la marca notoria, sino la protección al público consumidor, quien relacionará de inmediato la marca con el tradicional y conocido fabricante, así como el derecho de los otros consumidores, con quienes no se competiría lealmente si un comerciante utiliza el esfuerzo ajeno para promocionar sus productos.” 

 

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