Económica


Incentivos para trabajadores agropecuarios en COVID son constitucionales

La decisión la tomó la Corte al dar el aval al decreto 486 en el cual se crea un incentivo económico para los trabajadores y productores del campo y se adoptan otras medidas para garantizar el sistema de abastecimiento.

COLPRENSA

08 de julio de 2020 06:53 PM

El paquete de medidas de carácter económico, financiero y contractual, decretadas por el Gobierno Nacional para mitigar los impactos económicos que el COVID-19 genera en el sector agropecuario, que tienen como objetivo garantizar el abastecimiento de alimentos y la seguridad alimentaria en todo el territorio, fue declarado ajustado a la Constitución por parte de la Sala Plena Virtual del alto tribunal.

La decisión la tomó la Corte al dar el aval al decreto 486 en el cual se crea un incentivo económico para los trabajadores y productores del campo y se adoptan otras medidas para garantizar el permanente funcionamiento del sistema de abastecimiento de productos agropecuarios y seguridad alimentaria en el territorio nacional, en el marco del estado de emergencia.

Con ponencia del magistrado Carlos Bernal Pulido, la Corte concluyó que las medidas destinadas a beneficiar de manera prioritaria a los trabajadores agropecuarios mayores de 70 años y a los pequeños y medianos productores que se encuentren en una situación de especial de vulnerabilidad económica y financiera, son idóneas, porque otorgan liquidez al sector agropecuario y dinamizan la reactivación y continuidad de la producción agropecuaria durante la pandemia y contribuye a mitigar o impedir la agravación de los efectos de la emergencia.

El decreto en este caso, faculta al Ministerio de Agricultura y Desarrollo para otorgar un incentivo económico a trabajadores agropecuarios mayores de 70 años, así como también faculta al Banco Agrario de Colombia y a Finagro para celebrar acuerdos de recuperación y compra de cartera de pequeños y medianos productores.

Igualmente, faculta a la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA) para crear el plan ‘LEC’ para que cubran costos y gastos asociados a las operaciones de crédito agropecuario, de manera que el Fondo de Solidaridad Agropecuario (FONSA) puede ejercer sus facultades de intervención en favor de los productores agropecuarios afectados por la pandemia.

Finalmente, el decreto faculta al Ministerio de Agricultura y Desarrollo para contratar directamente ciertas actividades y logística tendientes a garantizar la seguridad alimentaria.

Por estas razones, la Sala Plena concluyó que el incentivo económico de $80.000 por dos meses es compatible con otras medidas adoptadas por el Gobierno nacional, como por ejemplo el Programa de Ingreso Solidario.

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