La Dian ha venido siendo tendencia desde el inicio de la semana gracias a una serie de anuncios que ha realizado en los que, por un lado, ha simplificado la tarea de los contribuyentes al crear un formulario para la declaración a la renta que ya ha sido diligenciado previamente con la información que la entidad ha recolectado del usuario, y por el otro, la buena noticia para las empresas que han encontrado una ampliación en el plazo de la implementación de la factura electrónica.
Dian extendió la implementación de la factura electrónica hasta enero de 2022
Aunque la DIAN ha explicado que la información que se ha diligenciado previamente y que han enviado a los contribuyentes que deben pagar su impuesto de renta, con plazos que se vencen a partir del 10 de agosto, puede ser editada o cambiada por la que el usuario considere correcta (siempre y cuando pueda demostrarlo), en Twitter ya el debate está abierto por la llegada, para algunos arbitraria de esta “declaración de renta sugerida”.
A través de su cuenta, la Dian compartió un ABC con todo lo que debe saber para diligenciar correctamente su formulario y conocer cuales son las fechas (se hace por los dos últimos números de la cédula) en las que debe cancelar sus obligaciones fiscales.
🙋🏻♂️ Aprende todo lo que debes saber de la Declaración de Renta Año Gravable 2020 en un ABECÉ detallado que hemos creado para resolver todas las dudas de los contribuyentes. 💁🏽 Consúltalo aquí: https://t.co/CH1c3dpDd0 y dilo tú también: #YoSíPude. 🇨🇴 pic.twitter.com/5Q30vyQSqo
— DIANColombia (@DIANColombia) July 10, 2021
Mientras algunas personas han tomado el tema del correo de la Dian con humor, otros han denunciado fallas en la plataforma que la entidad está atendiendo para poder atender a los usuarios que seguramente crecerán en los próximos días.
- Haber tenido ingresos superiores a $49’850.000 durante el 2020.
- Para el 31 de diciembre, el valor de sus posesiones o bienes supera los $160’232.000.
- Sus compras o consumos realizados durante el año 2020 excedieron los $49’850.000.
- Durante el año 2020 realizó compras superiores a los $47’978.000 con tarjeta de crédito.
- Sus consignaciones o transferencias bancarias excedieron los $49’850.000.
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