19 de junio. 3 de julio. 19 de julio. En esas tres fechas miles de productos en Colombia estarán libres de IVA. Así lo anunció el presidente Iván Duque el 18 de mayo al confirmar que decidió adelantar la implementación de esta medida que ya había sido aprobada en la Ley de Crecimiento Económico con el fin de reactivar el comercio tan fuertemente afectado durante esta pandemia y que los colombianos puedan adquirir los productos ahorrándose este impuesto.
El director de la Dian, José Andrés Romero aseguró que la medida con motivo de la emergencia económica se amplió a más productos y podrá ser de forma tanto presencial como virtual. Además, el director socializó a los colombianos otras medidas que buscan aliviar el impacto que la crisis ha tenido en los bolsillos de los ciudadanos.
-Serán el 19 de junio, el 3 de julio y el 29 de julio.
-Cubrirá a bienes de hasta $2’800.000
-Aplica a ventas presenciales y digitales.
-Aplica a ventas con facturas o documento equivalente y no sólo a las soportadas con factura electrónica.
-Productos: vestuario, accesorios, útiles, electrodomésticos, equipo deportivos, bicicletas y patinetas (incluidas las eléctricas), computadores y celulares inteligentes e insumos agropecuarios.
-Cafeterías, pastelerías, restaurantes y bares no deben cobrar impuesto al consumo del 8%.
-Hasta diciembre de 2020.
-Arrendamiento de locales comerciales cerrados al público durante cuarentena estarán exentos de IVA.
-Hasta el 31 de julio de 2020.
-Para empresas sin flujo de caja para pagar sus impuestos
-Serán aprobados por la Dian en 15 días.
-Sin necesidad de garantía real o insinuación de activos.
-Los pagos se pueden diferir hasta 12 meses.
-Se disminuye la tasa de interés moratorio. Será equivalente al interés bancario corriente para los pagos y facilidades de pago.
-Hasta el 31 de diciembre de 2020.
Comentarios ()