Parece raro decirlo así, pero los datos personales no pueden ser utilizados de manera indiscriminada y la ley lo protege. Es decir su documento de identidad, lugar de nacimiento, estado civil, edad, lugar de residencia, trayectoria académica, laboral, o profesional y todo lo que lo pueda caracterizar es información que las empresas y entidades deben usar con cautela.
De hecho, el año pasado la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso multas por 5.723 millones de pesos por incurrir en la violación de las normas que regulan el tema, en 75 casos —en Antioquia fueron 12—, y desde 2010 este comportamiento ha implicado sanciones por 30.690 millones de pesos y 737 casos en todo el país.
Aspectos relevantes si se tiene en cuenta que la preocupación radica en la cantidad de actores que tienen acceso a información y en que su uso impacta de diferentes maneras a las personas, así como crea una interacción social en la que, a través de las redes, “las campañas publicitarias y políticas revisten un valor comercial y de total importancia para la protección de datos”, explicó Andrés Barreto, superintendente de Industria y Comercio.
¿ Y Facebook qué?
Justo ayer, en el Día Internacional de la Protección de Datos personales, la SIC dio a conocer una actuación preventiva a una gigante tecnológica: Facebook.
¿Qué pasó? Debido a que en Colombia hubo 74 usuarios de la red social que se vieron vulnerados al incluir en el uso de su aplicación el programa Dr. Kogan del caso Cambrige Analytica —en el que se usó información privada en las estrategias de campañas políticas y material publicitario, de manera ilegal, dado que los usuarios no lo habían autorizado así— la autoridad le pidió una serie de actuaciones para garantizar la protección de la información.
La SIC le pone un límite de cuatro meses para “implementar medidas útiles, y eficaces de seguridad y, además, tendrá que certificarlas”, aseguró Andrés Barreto, el funcionario líder de la entidad.
El proceso deberá ser auditado por un tercero “libre de todo conflicto de interés” en aspectos como acceso, uso, consulta, adulteración y pérdida de información no autorizada o fraudulenta.
La red social tiene en Colombia, al menos, 31 millones de usuarios (68 % de los ciudadanos), aproximadamente 2.410 millones en el mundo, con un total de 4.130 millones de internautas: “En otras palabras, Facebook recolecta, usa y circula datos personales de no menos del 58 % de las personas con acceso a internet”, recalcó la SIC en un comunicado.
“Esta decisión, demuestra que la entidad está poniendo los ojos donde debe; no es una decisión del furor del momento, sino reafirma que las empresas y personas gestionen y garanticen un buen uso de la información”, aseguró el profesor de la facultad de derecho de la Universidad Eafit, Jorge Betancour.
¿Por qué es relevante?
En Colombia, el derecho de Habeas Data es constitucional y está consagrado en el artículo 15 de la carta magna y a través de las leyes 1226 de 2008 ley 1581 de 2012 —reglamentada por el decreto 1377 de 2013—se garantiza la protección de este derecho.
La diferencia entre una y otra norma es que la de 2008 se encarga de los datos, en especial de información “financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países”, mientras que la de 2012, contempla los demás usos, según aclaró el superintendente delegado para la Protección de Datos Personales, Nelson Remolina.
La diferencia es relevante si se tiene en cuenta que la mayoría de multas que se impusieron en 2018 fueron por cuenta de las infracciones a la Ley 1581 de 2012 (52,59 %) —las demás, representaron 2.713 millones de pesos (47,4 %)—.
Remolina aclaró que las estadísticas presentadas en este texto no se incluyen las que recibe la Superintendencia Financiera de Colombia, entidad que realiza vigilancia a bancos, corporaciones de crédito, entre otros.
Así, la vigilancia sobre la información financiera a la que se hace referencia y que incluye la SIC, contempla, por ejemplo, deudas de servicios pagos, por ejemplo de telecomunicaciones.
La violación en el uso de datos tiene como sanción máxima una suma que oscila entre 1.500 y 2.000 salarios mínimos mensuales en el país, según la norma que se infrinja (entre 1.242 millones de pesos y 1.565 millones de pesos); cada territorio en el mundo tiene sus propias reglas.
Tener mayor conciencia y control es relevante, pero Remolina señaló que la SIC está más en camino de evaluar la prevención, “las actuaciones son 70 % en este sentido y 30 % implican sanciones”.
Así que, también se debe promover una “ética de la privacidad” en el uso de la información, recalcó Patricia Llombart, embajadora de la Unión Europea en Colombia, durante la celebración del día, en una conferencia en Bogotá.
También, recalcó Fernando Barrios, profesor en derecho de los negocios de la Universidad Queen Mary, hay que trabajar en la educación para el consumidor y no otorgarle toda la responsabilidad a las empresas. ¿Cuál es el apuro cuando bajo una aplicación?, se preguntó el experto. La respuesta debe implicar cuánto o qué información se está dispuesto a compartir y a qué costo.
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