Farándula


Millonaria indemnización deberá pagar Peter Manjarrés a su excorista

Tras una larga batalla judicial, el excorista logró ganar la demanda que le interpuso al cantante.

REDACCIÓN FARÁNDULA

27 de junio de 2020 10:20 AM

Por: Javier Arce Rangel

El cantante de música vallenata Peter Manjarrés dio la pelea en tres salas de la Corte Suprema de Justicia, para evitar ser sancionado jurídicamente, pero perdió.

La justicia le dio la razón a Italo Rafael Todaro, un excorista del reconocido intérprete de música vallenata, Peter Manjarrés, quien instauró una demanda en contra del cantante alegando que este no le reconoció sus derechos laborales durante el tiempo en el trabajaron juntos.

El caso fue discutido y revisado por varias instancias judiciales hasta que, finalmente, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia tomó la última decisión a favor del corista.

El lío jurídico inició cuando el corista demandó a Peter Manjarrés y a su compañía musical pidiendo que se declarara la existencia de un contrato laboral, con vigencia entre agosto de 2003 y diciembre de 2008 – tiempo en el que trabajó para el cantante –, y que le pagaran las prestaciones laborales devengadas durante ese periodo. Como en casos anteriores, había tenido por años órdenes de prestación de servicios.

El caso inició su curso en el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Valledupar que, el 21 de septiembre de 2012, concluyó que el corista no tenía la razón. Siete meses más tarde, esa decisión fue ratificada por el Tribunal de Santa Marta. Al no resultar favorecido en estas dos instancias, Todaro llevó el caso hasta la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema. Pasaron siete años y, en enero de este año, la Sala decidió condenar a Manjarrés ordenándole el pago los derechos laborales que devengó el corista por los servicios prestados, durante el tiempo en el que trabajó para él.

“Se demostró que el demandante (Todaro) no era libre y autónomo para decidir si asistía o no a las presentaciones musicales con el demandado (Manjarrés), pues, en caso de faltar a las mismas, el contratante podía imponer la carga pecuniaria, lo que se tradujo en demostración del ejercicio del poder subordinante del empleador (...) concluyendo que el vínculo que existió entre las partes tenía las características propias de un contrato de trabajo”, argumentó la Sala de Casación Laboral.

Sin embargo, Peter Manjarrés, inconforme, impugnó la decisión indicando que las pruebas y los testimonios presentados por el corista no eran acordes con la realidad, y que el despacho no tuvo en cuenta las evidencias aportadas por él. Interpuso una tutela contra el fallo de la Sala Laboral y el caso, entonces, pasó a la Sala de Casación Penal. Allí se concluyó que el cantante no pudo demostrar que la condena en su contra estuviera basada en argumentos erróneos o arbitrarios.

Pero, nuevamente el artista vallenato impugnó y ahora la Sala de Casación Civil era la encargada de dar el veredicto final. Entre las pruebas que se analizaron en esta instancia había dos certificaciones firmadas por el gerente de “Inversiones Artísticas Peter Manjarrés”. En una expedida el 20 de octubre de 2008 se comprobaba que Todaro laboraba en esa entidad como corista, desde agosto de 2003, “tiempo durante el cual se ha observado un comportamiento ejemplar tanto en sus actividades laborales como comerciales”. Y, en otra de octubre de 2007, se certificaba que Todaro hacía parte de la agrupación musical y lo autorizaban para viajar con Manjarrés a los Grammy Latinos, en Estados Unidos.

Esta Sala también determinó que las declaraciones de dos personas que aseguraron que Todaro no cumplía con horario, trabajaba autónomamente con varios cantantes y decidía libremente dónde se presentaba, no brindaron credibilidad porque no contaban con ningún respaldo probatorio, no conocían el nombre de las supuestas agrupaciones a las que acudía el corista. Tampoco circunstancias concretas en las que Todaro hubiera faltado a sus compromisos musicales sin consecuencia alguna.

Por el contrario, los testimonios de dos personas en favor del corista “merecieron la credibilidad de la Sala”, no solo por tratarse de testigos directos, sino porque sus declaraciones estaban respaldadas por documentos. Entre ellos, el contrato de prestación de servicios y constancias expedidas por el mánager del demandado en las que se estableció que el empleador estaba facultado para imponer a Todaro una sanción económica en caso de faltar a las presentaciones.

Con base en lo anterior, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia condenatoria contra Manjarrés y, así, le concedió a la razón al corista Italo Rafael Todaro, a quien el reconocido cantante deberá pagarle todas las prestaciones laborales que devengó durante el tiempo en el que compartieron escenario.

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