En días pasados, la Secretaría Distrital de Hacienda expidió la Resolución No. 050 de 2020 “Por la cual se modifica la Resolución No SDH – 628 de 26 de diciembre de 2019 que modificó la Resolución No SDH – 190 del 22 de noviembre de 2018, fijando un nuevo plazo para el pago con descuento del 10% del Impuesto Predial Unificado y se dictan otras disposiciones”.
Así, la norma tiene por objeto, otorgar el descuento por pronto pago a los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado, que declaren y paguen la totalidad del impuesto por el correspondiente año gravable a más tardar el primer viernes hábil del mes de abril de cada año, estos tendrán derecho a un descuento del diez por ciento (10%) calculado sobre el valor a pagar. Quienes se acojan al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario -SPAC no tienen ningún tipo de descuento por pronto pago en el impuesto predial unificado.
De igual forma, se establece que los contribuyentes del impuesto de industria y comercio pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a cargo (FU); correspondiente a la sumatoria de la vigencia fiscal 2019, sin incluir correcciones por mayor o menor valor de las declaraciones de Industria y comercio; que NO exceda de 391 UVT, es decir, de trece millones cuatrocientos mil pesos mil pesos m/cte ($13.400.000), estarán obligados a presentar una única declaración anual por el año gravable anterior, a más tardar el tercer viernes del mes de enero de cada año ante las entidades financieras autorizadas y/o por los medios virtuales adoptados por la Secretaría Distrital de Hacienda
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.