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SIC definirá si Siluet 40, Cicatricure y Tio Nacho tienen soporte científico

COLPRENSA

22 de noviembre de 2011 06:42 AM

Hasta ahora no existe ninguna sanción en firme, pues se debe tener en cuenta, que en este tipo de procesos, cualquier decisión se toma luego de resolver los recursos correspondientes.
En este caso, la Superintendencia de Industria y Comercio manifestó que impuso cinco multas a la sociedad Genomma Lab Colombia Ltda., por un valor superior a los $139 millones por publicidad engañosa, en relación con los mensajes que transmite en su productos Tio Nacho Contra Canas, Tio Nacho Aclarante, White Secret, Cicatricure crema y Siluet 40, ya que no demostró que los beneficios que anuncian tales productos estén científicamente sustentados.
Según la entidad, la medida fue adoptada al verificarse que la sociedad investigada no aportó los estudios científicos que permitieran comprobar que los efectos ofrecidos a través de la publicidad sean los realmente producidos.
"Estos mensajes publicitarios, en criterio de la Superintendencia de Industria y Comercio son engañosos, en la medida en que la sociedad sancionada no demuestra por medio de experimentos o estudios científicamente válidos que las afirmaciones anunciadas en su publicidad respecto de los productos ofrecidos sean reales y efectivas", dice el comunicado de la SIC.
"Como medida de protección a los consumidores, la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a la investigada que proceda a ajustar a las previsiones del artículo 14 del Decreto 3466 de 1982 y de la Circular Única de esta Entidad la publicidad contenida en los empaques, anuncios y folletos de los productos "Tio Nacho Contra Canas", "Tio Nacho Aclarante" "White Secret", así como retirar inmediatamente toda la publicidad de los productos "Cicatricure crema" y "Siluet 40", donde se mencione información que no esté científicamente sustentada", dice el comunicado de la entidad.
Así mismo, manifiesta que ordenó a Genomma Lab Colombia Ltda. que publicara en un periódico de amplia circulación, cinco anuncios en los que informe que los productos "Cicatricure crema" y "Siluet 40", no cuentan con ningún sustento científico que demuestre su efectividad, por lo que está prohibido hacer publicidad en sus folletos, carteles, empaques, avisos o cualquier medio de información donde se anuncien tales beneficios.
Aclaró igualmente, que las decisiones adoptadas son de primera instancia, y contra ellas proceden los recursos de reposición y de apelación. Con respecto a esto, fuentes de Genomma, confirmaron que las acciones de recurso fueron interpuestas hace aproximadamente un mes.
Además, se presentaron los documentos expedidos por el Invima con respecto a los productos en mención. Para el ex superintendente de Propiedad Industrial de la Superindustria, Giancarlo Marcenaro, es importante destacar que la sanción no está en firme, por cuanto se interpusieron los recursos y lo importante es que la información sea completa y veraz. Se debe destacar que en estos casos, las empesas involucradas pueden presentar su oposición y defenderse. Aproximadamente de dos meses a seis meses puede demorarse la respuesta de la SIC.
ANTECEDENTES
Según la SIC, estos mensajes publicitarios son engañosos, en la medida en que la sociedad sancionada no demuestra por medio de experimentos o estudios científicamente válidos que las afirmaciones anunciadas en su publicidad respecto de los productos ofrecidos sean reales y efectivas.
Como medida de protección a los consumidores, la SIC ordenó a la investigada que proceda a ajustar a las previsiones del artículo 14 del Decreto 3466 de 1982 y de la Circular Única de esta Entidad la publicidad contenida en los empaques, anuncios y folletos de los productos "Tio Nacho Contra Canas", "Tio Nacho Aclarante" "White Secret", así como retirar inmediatamente toda la publicidad de los productos "Cicatricure crema" y "Siluet 40".

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