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Buzón

La incapacidad de Campo

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Como médico especialista en gerencia en salud y con conocimiento de las leyes que respaldan a un paciente, en este caso el alcalde de Cartagena, Campo Elías Terán Dix, quiero, muy respetuosamente, decirle a los honorables concejales que la Ley 100 de 1993 respalda a un enfermo con cualquier diagnóstico hasta 6 meses de incapacidad sin tener que renunciar. Pasado este tiempo. se debe hacer una junta médica convocada por la E.P.S. a la que está afiliado el paciente, quienes deben definir la incapacidad como definitiva  o transitoria, queriendo con esto decir que el paciente puede recuperarse y regresar a su puesto de trabajo; o  renunciar a su cargo y tendrá los derechos que le corresponden de acuerdo con sus cotizaciones, o su pensión, si así fuera el caso. Por eso la E.P.S. a la que está afiliado el alcalde hace caso omiso a las habladurías. Están dentro de los términos exigidos por la ley que los ampara.
Martha Romero de Buelvas
C.C.No. 33.151.388 de Cartagena.

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