Columna

Ley de convivencia escolar

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TULIA DEL CARMEN BARROZO OSORIO
16 OCT 2014 - 12:02 AM

Esta ley se ocupa del abordaje de temas de importancia adicionales, como la formación para el ejercicio de los DD.HH., educación para la sexualidad y prevención y mitigación de la violencia escolar. Se trae a colación a raíz de los suicidios por discriminación sexual y el matoneo, generalizados en el país.

En el mundo, según Caracol Radio, se conoció que los casos aumentaron en 60%, ocupando las mujeres un 19% de esta tasa, pero los hombres superan la ya escandalosa cifra. Por ello era necesario que Colombia elevara a ley el conocimiento de estos asuntos.

Si bien la C.P. en su art. 13 establece la igualdad jurídica de las personas ante la ley, esto no hace mella en la conciencia de los agresores. El matoneo se conoce legalmente como la conducta negativa, intencional, metódica y sistemática que constituya agresión, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato sicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño o un  joven, por parte de un estudiante o varios, con quien mantiene una relación asimétrica, que se presenta en forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado; puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes a docentes.

El acoso escolar tiene consecuencias en la salud física y mental, en el rendimiento escolar de los estudiantes, y sobre la enseñanza y aprendizaje en general. Las causas que mueven a los agresores a maltratar son el ejercicio malsano de poder, liderazgo, fama o aceptación entre sus condiscípulos, porque en sus hogares suelen ser también agredidos, desarrollando así complejos y baja autoestima al vivir en un ambiente de toxicidad, y desahogan esas frustraciones con las mismas conductas hacia sus pares, porque solo así se autoafirman, infundiendo temor, o despertando admiración entre los que les aplauden, intentando encontrar la importancia que no encuentran en su familia. Los agresores necesitan tanta o más atención que los agredidos por el riesgo de desencadenar en una personalidad delincuencial.

La ley estableció situaciones I, II y III que van desde los conflictos mal manejados y esporádicos, hasta los presuntos delitos penales, con la obligación de las escuelas de implementar protocolos que incluyen rutas de atención. Si bien ya se hablaba de la corresponsabilidad de los actores de la educación, esta ley incluyó importantes sanciones para directores y docentes omisivos. M. L. King dijo: La violencia crea más problemas sociales que los que resuelve, por ello el matoneo hay que combatirlo.

*Directora del consultorio jurídico de la Universidad Libre

*Rotaremos este espacio mayor variedad de opiniones.

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