Columna


Ilegitimidad de la JEP y referendo

“Cuando los jueces transicionales ponen ‘la paz’ como motivo último de sus decisiones, dejan de ser jueces para (...)”.

RAFAEL NIETO LOAIZA

16 de junio de 2019 12:00 AM

La JEP tiene una falla de legitimidad en su origen y de ahí provienen el grueso de los problemas: la primera tiene su fundamento en que proviene de un acuerdo entre las Farc y Santos cuyo contenido e implementación fueron rechazados en el plebiscito de 2016.

Para intentar mitigar en algo esa ausencia de legitimidad de origen, la JEP debería hacer un esfuerzo aún mayor para construir legitimidad en el ejercicio de sus funciones. Eso no ocurre. Por un lado, la JEP sufre de todas las dolencias de la justicia ordinaria que, se supone, debería evitar como órgano nuevo: burocracia excesiva, clientelismo, amiguismo en los nombramientos, gasto ineficiente, intrigas políticas, enfrentamientos entre bandos internos y con serios problemas de corrupción.

Por el otro, la JEP aparece no como un órgano que imparte justicia de manera imparcial sino como uno que tiene por doble tarea, la de favorecer a los miembros de las Farc y apretar con dureza a los miembros de la Fuerza Pública, instigando la delación de subalternos contra sus superiores.

En todo caso, si la justicia transicional renuncia a sanciones de privación de libertad, las penas simbólicas alternativas deben ser establecidas con rigor y su cumplimiento debe ser estricto. Y en todo caso es inaceptable extender los beneficios a conductas ocurridas después de la firma final del acuerdo.

La lógica de “la paz” no puede cobijar nuevos delitos y no debe fomentar la reincidencia que, además, es la violación reiterada de los derechos de las víctimas y el incumplimiento del deber de no repetición al que se comprometen los criminales beneficiarios. Las decisiones de la JEP en materia de extradición van en directa contravía de estos principios.

Que la justicia transicional requiere, en todo caso, ser justicia, supone por tanto que la razón última de la motivación de sus jueces debe ser esa, la justicia, y no “la paz”.

Cuando los jueces transicionales ponen “la paz” como motivo último de sus decisiones, dejan de ser jueces para fungir de comisarios políticos.

Por último, el triunfo del No en el plebiscito y las mayoritarias votaciones populares en las parlamentarias y las presidenciales por candidatos que propusieron modificaciones a la JEP dan legitimidad democrática a quienes pretenden tales cambios.

La resistencia sistemática de la izquierda y el santismo a esos cambios y la posición de las Cortes de impedir, a todo costa, cualquier modificación, solo invita a que los ciudadanos burlados en su ejercicio democrático, frustrados y enojados, busquen e impulsen mecanismos alternativos que permitan los cambios y, de paso, cambien también a los jueces coludidos políticamente.

Ese es el origen del referendo aprobatorio que se extiende como fuego en las redes.

*Abogado y analista político

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