La indignación que produce ver en Punta Canoa los playones apropiados, cerramientos, ocupación indebida, tala de mangle, explica que el 4 de marzo la Procuraduría, Defensoría y Personería en el encuentro con los Consejos Comunitarios de la zona norte, recorrieran el corregimiento con la Capitanía, Cardique, EPA, Alcaldía Local y Policía Ambiental. Allí recibieron quejas y en especial la de la existencia de vallas de interdicción posesoria que amparan a particulares y restringe la soberanía del Estado para proteger y recuperar la zona de bajamar.
Ante los múltiples cerramientos y demarcaciones hasta del agua, el Ecobloque el 26 de abril los retiró y se cuidó que solo fuera en los polígonos delineados por Dimar en los informes de ocupación indebida. Días después comprobó que de nuevo los cercaron, instalando una de las protestadas vallas que reza: Juzgado 5° Civil del Circuito Proceso interdicto Posesorio de Jorge Iván Arias Morillo vs Capitanía del Puerto. Radicado 13001-400-1-2019-002-00 del 28 de junio 2019. Conforme a lo solicitado en la demanda y con fundamento en el Artículo 972 del CC y Literal C del Artículo 590 del CG de P decrétese como Medida Cautelar Previa el Amparo Provisional Judicial de la posesión material que ejerce el demandante sobre el bien inmueble denominado Fuerza 7 Constante de 13 Has 121 m2, ubicado en el sector costanero de la vereda Punta Canoa, corregimiento de La Boquilla, Distrito de Cartagena, cuyos linderos y medidas figuran en la E.P. N° 7065 del 15 de marzo 2016, Notaría 7 de Cartagena. El juez Sergio Rafael Alvarino Herrera
Para los no abogados, conceder el interdicto quiere decir que el juez consideró que el particular tiene eventual derecho a conservar o recuperar la posesión de 130.121 m2 de la imprescriptible zona costera, y creyó razonable proteger el derecho objeto de litigio para, entre otras, impedir posibles daños (?) o asegurar la efectividad de la posesión. ¡Es increíble!
En medio del paro y dos aplazamientos, definidos espacios no amparados, el Ecobloque volvió a Punta Canoa a recuperarlos y al inicio de la operación bloquearon nuestra acción alegando derechos y levantando la otra valla del otro proceso del mismo juzgado, que con el auto del 16/12/2019 amparó el posesorio de la Financiera Central S.A. del inmueble también ubicado en el sector costanero. Comprende 21 Has y 6.170 m2 con linderos en la escritura de posesión 0850 expedida en marzo de 2018 por la Notaría 73 de Bogotá. Imagínese son 340.738 m2 en manos de poseedores foráneos con escrituras recientes, que amparados por la decisión judicial, bloquean al Estado y copan y abusan del territorio de la comunidad afrodescendiente. El Ministerio Público, la Defensoría y la Capitanía son voces que en defensa de lo público, los jueces tienen que oír.
*Abogado ambientalista y comunicador.
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