Columna


Por conductores ebrios, todos somos responsables

El país acaba de retomar la discusión alrededor del fortalecimiento de las sanciones para quienes conduzcan en estado de embriaguez, sin embargo, ello implica considerar varios aspectos fundamentales de corresponsabilidad social, haciendo una clara distinción entre quienes ocasionan lesiones o la muerte de una persona y quienes solo son sorprendidos conduciendo bajo los efectos del alcohol, sin generar daños a terceros.En el primero de los casos, si una persona que conduce en estado de embriaguez y como consecuencia de ello produce lesiones o la muerte a otra persona, proponemos que se recurra a la figura jurídica del tercero civilmente responsable, quien será solidario desde el punto de vista patrimonial por las indemnizaciones a que haya lugar.
Tal es el caso de los empresarios de transporte, quienes deberían responder por los daños que ocasionen sus conductores y serían
garantes frente a la sociedad asumiendo algunos costos de la indemnización. Lo mismo ocurriría con los empresarios de los bares que permitan que los clientes que han consumido alcohol salgan de allí conduciendo sus vehículos.
Sin embargo, todos los ciudadanos están en la obligación de impedir que quienes hayan bebido salgan a las calles a conducir sus vehículos.
Si alguien realiza una celebración en su vivienda en la cual ofrezca licor también tendrá la obligación de tomar las medidas para evitar que uno de sus invitados salga a conducir en estado de embriaguez, porque de lo contrario será responsable patrimonialmente, en caso de que ocasione daños, lesiones o la muerte a un tercero.
En segundo lugar, cuando se trata de una persona que es sorprendida conduciendo luego de haber consumido licor, sin ocasionar daños a terceros, el actual sistema ha demostrado que no funciona eficientemente. Hoy cuando las autoridades detienen a un infractor en estado de alicoramiento se le impone un comparendo y se inmoviliza el vehículo, pero al día siguiente con solo pagar el valor de la grúa y de los patios la persona puede retirar su vehículo, sin tener que pagar la multa, que actualmente ronda los 885.000 pesos.
Al respecto estamos proponiendo que se incremente el valor de la actual multa, que llegue hasta los cuatro millones de pesos; que se retenga el vehículo por un tiempo prudencial, de entre tres y seis meses, y que hasta tanto no sea cancelado el comparendo no sea entregado el vehículo. De igual manera, si el infractor es un funcionario público que incurre en este tipo de conductas al volante de un vehículo del Estado, la salida que proponemos es la pérdida del empleo, como causal objetiva.
Por último, para el caso de aquellos conductores que a pesar de habérseles impuesto un comparendo alto, retirado su licencia, retenido su vehículo y ser objeto de procesos pedagógicos aún siguen conduciendo bajo los efectos del alcohol, hay que pensar en sanciones punitivas, como sería el caso de tres meses de arresto inconmutable. Allí les corresponde a los jueces tomar decisiones ejemplarizantes.

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