Editorial


La suspensión del cese al fuego

Negociar sin condiciones y favorecer con un cese de hostilidades a quienes no son ejército de nación enemiga o grupo político alzado en armas.

EL UNIVERSAL

21 de marzo de 2023 12:00 AM

La suspensión del cese bilateral al fuego ordenada por el presidente Petro este fin de semana, que mantenía con el Clan del Golfo, se recibe con alivio.

La decisión de suspender operaciones militares contra este y otros grupos, comunicada el 31 de diciembre vía Twitter, causó perplejidad en sectores diversos de la opinión pública, en los que se percibió de esta riesgosa movida, de entre otras interpretaciones, al menos dos extremas: o la de un profundo compromiso con la paz (calificada como de intensa ingenuidad por mentes pragmáticas); o del cumplimiento del pacto de La Picota (calificada como falacia o terrible calumnia por los petristas de racamandaca).

El paso del tiempo le ha dado la razón, al menos, a los pragmáticos.

Negociar sin condiciones y favorecer con un cese de hostilidades a quienes no son ejército de nación enemiga o grupo político alzado en armas, fue una salida extremadamente inadecuada para la seguridad nacional y ciudadana.

Desde el primer momento surgieron voces autorizadas, incluso desde movimientos que integran el Pacto Histórico, de que un cese al fuego o de hostilidades requiere organizar previamente un proceso técnico, ordenado y verificable por alguna agencia internacional, dirigido principalmente a mantener a la población civil, la Fuerza Pública y la infraestructura del Estado, libres de agresiones o atentados.

Nada de eso podía ser posible si no existían, habiéndose negociado, unos protocolos mínimos que despejaran las dudas de que el generoso ofrecimiento de cese de operaciones militares, solo fortalecería la economía ilegal por la acumulación de más dinero ilícito, adquisición de más armamento y más hectáreas de coca, todo lo cual no podía sino degenerar en más violencia; esto es, todo lo contrario a un proceso de paz, que fue lo que se le vendió al pueblo colombiano cuando se dispuso el malhadado “cese bilateral”.

El presidente está obligado a cumplirle a sus electores –porque es un compromiso de campaña y una obligación constitucional–, a dar pasos generosos hacia la paz; pero también asume otras responsabilidades que no tienen nada que ver con las ofertas electorales o con sus propias convicciones. Esas otras responsabilidades son las que están instituidas en la Constitución y las leyes.

Se refieren a las funciones presidenciales, de las cuales no se puede sustraer porque están reguladas sin consideración a la ideología, programa de gobierno o posición política del funcionario de turno.

Entre esas funciones están las de conservar el orden público y restablecerlo donde fuere turbado; singularmente, como persona que encarna la unidad nacional, debe proteger a todos los residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades.

Los gobernados esperan que el presidente privilegie los intereses y la protección de quienes cumplen las leyes.

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