Editorial


Los rappitenderos

“Si los taxistas son para Uber lo que los hoteles para AirBnb, los rappitenderos parece que lo serán para Rappi.

EL UNIVERSAL

05 de agosto de 2019 12:00 AM

Si alguna compañía cercana nos plantea hasta dónde puede llegar la economía naranja, es Rappi, un emprendimiento colombiano que se ha extendido por varios países latinoamericanos, ya con 85.000 rappitenderos, 20 mil de ellos en Colombia.

Pero le pasa a Rappi lo mismo que a muchas de las plataformas que han cambiado la forma de ofrecer, proveer, intercambiar, vender o comprar bienes y servicios. Modelos tecnológicos como Uber o AirBnb están en la polémica mundial porque enriquecen a sus gestores sin prácticamente dejarle un peso a las arcas públicas de los países donde campean con sus revolucionarios servicios.

Por un lado, les hacen más fácil las vidas a sus usuarios, quienes no tienen que tomar carreras de taxis caros o incómodos; o no tienen que pagar habitaciones en hoteles que están castigados con toda suerte de impuestos y pesadas cargas laborales.

Y si en un extremo están los agudos emprendedores de estas nuevas formas de economía colaborativa, y en otro los Estados que no saben cómo quedarse con una tajada de los recursos que aquellas recaudan, en la mitad están los miles de trabajadores que le ponen carne y hueso a tales milagros tecnológicos.

Si los taxistas son para Uber lo que los hoteles para AirBnb, los rappitenderos parece que lo serán para Rappi. Las reclamaciones de esta muchedumbre de muchachos, que pululan en los barrios y recorren las calles, a veces con una presencia impertinente e, incluso, riesgosa porque algunos no tienen idea de respetar las normas de tránsito o el decoro a la hora de sentarse en cualquier jardín de esquina, a la par que le hacen la vida más fácil a miles de clientes que ya no tienen que desplazarse a adquirir los bienes que resuelven las rutinarias necesidades, muestran ya una contrariedad con esa plataforma. Y no sólo en Colombia.

Recientemente, un juez argentino ordenó a la ciudad de Buenos Aires tomar medidas contra Rappi, Glovo (española) y PedidosYa (uruguaya), y dispuso que estas aplicaciones vinculen a los repartidores a sus plantas de personal.

Es sabido que en nuestro país los rappitenderos no ejercen con vinculación laboral, pero comienzan a exigir similares beneficios legales que los de cualquier empleado regular.

Y hay preguntas flotando en el ambiente. ¿Los rappitenderos son o no empleados? ¿de quién? ¿pueden ser empleados quienes no tengan una relación de subordinación con quienes les retribuyen sus servicios personales? ¿pero y quién retribuye sus servicios: el que los disfruta en la comodidad de su hogar o los propietarios de esa plataforma? Si el camino es reconocer derechos laborales a los rappitenderos, ¿seguirá siendo atractivo para los emprendedores o para los destinatarios de los domicilios?

Las respuestas a preguntas equivalentes no sólo definirán la suerte de Rappi, sino de múltiples startups que se están cocinando entre cientos de gestores de industrias creativas, que seguramente reclamarán un cambio en los paradigmas que sustenta el actual derecho laboral.

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