En decisión de primera instancia, la Procuraduría Provincial de Cartagena resolvió absolver de responsabilidad disciplinaria a cinco exdirectores del Fondo Territorial de Pensiones de Cartagena (Fonpecar) que estaban vinculados a un proceso por el supuesto pago irregular a personas que no tenían derecho, incluyendo personas fallecidas. Los dineros fueron consignados en sus cuentas de ahorro luego de su muerte y cobrados por otras personas. (Le puede interesar: En Cartagena se habrían pagado más de $56 millones a pensionados muertos)
Los exfuncionarios implicados eran Hugo Saladén (noviembre de 2016 – agosto de 2017), Albert Alfaro (agosto de 2017 – mayo de 2018), Alejandra Campo (mayo – agosto de 2018), Edwin Portillo (agosto – octubre de 2018) y Nayid Tapia (octubre de 2018 – 2019).
La investigación se remonta a una denuncia hecha en 2019 por Yuranis Romero, quien se posesionó como directora de Fonpecar luego de la salida de Nayid Tapia. La también exfuncionaria puso en conocimiento de la Procuraduría presuntas irregularidades en la entidad tras cerciorarse del pago de mesadas a 19 personas fallecidas a través de terceros indeterminados.
Ante ello el ente de control abrió una indagación preliminar y fue hasta marzo de este año cuando citó a audiencia pública a los cinco exdirectores del fondo, a quienes luego les fueron formulados cargos relacionados a la omisión del manual de funciones de la entidad para elaborar mensualmente las novedades en la nómina de pensionados, y el supuestamente haber permitido el incremento indirecto e injustificado del patrimonio de terceros en detrimento del patrimonio del Distrito.
La Procuraduría indicó que como consecuencia de ello se habrían girado más de $56 millones a cuentas de personas fallecidas entre julio y noviembre de 2016; mientras que entre noviembre de 2017 hasta febrero de 2019 se giraron $21 millones.
Sin embargo, en el fallo de primera instancia, con fecha de 1 de diciembre, la Procuraduría declaró no probados y desvirtuados los cargos a los cinco exfuncionarios tras anotar que si bien era su responsabilidad revisar y remitir la nómina con las novedades de los fallecidos, lo que realmente viabiliza el retiro de los dineros consignados y provoca el incremento indirecto e injustificado del patrimonio de terceros son presuntas omisiones o inconsistencias por parte de las entidades financieras, así como supuestas deficiencias en el deber de vigilancia y control del cumplimiento de los convenios por parte de la Tesorería Distrital.
En este orden de ideas, el ente de control compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación con el fin de que desde su competencia investiguen los hechos de por qué se dieron esos retiros.
A su vez, se ordenó la apertura de una acción preventiva con el fin de minimizar este tipo de riesgos en el fondo y se requirió a la Secretaría General a que lidere el proceso para fortalecer a la dependencia, ya que se evidenciaron debilidades administrativas relacionadas con falta de asignación de personal de planta, la inexistencia de convenios con la Registraduría del Estado Civil y el Ministerio de Protección Social, y la falta de disponibilidad de un software para manejo adecuado de base de datos y procesamiento de nómina.
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