Política


Conozca por qué el juez Pericles devolvió a Cassiani a casa por cárcel

El juez Pericles Rodríguez dejó sin efectos la decisión de habeas corpus proferida el 13 de junio de 2018 por el Juzgado Cuarto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías, y en consecuencia quedó vigente la medida de aseguramiento dictada en contra del señor Luis Javier Cassiani Valiente del día 16 de marzo de 2018 por el Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena.

El habeas corpus lo había dejado libre y permitido asistir a sus sesiones del Concejo, pero ante esta decisión del  juez Quinto Penal con funciones de Conocimiento, el concejal debe volver a la medida de casa por cárcel, que se le había impuesto.

Cassiani está siendo investigado por presunto cohecho en torno a la elección de Nubia Fontalvo como contralora en 2016, junto con 7 de sus compañeros que también tienen casa por cárcel.

Se cree que Cassiani no asistirá en adelante a las sesiones en cumplimiento de esta orden.

La decisión de Pericles, que le tumbó el habeas corpus a Cassiani, obedeció a una acción de tutela instaurada por Diana María Giraldo Ciro en su calidad de procuradora 83 Judicial Penal de Cartagena, contra el juzgado Cuarto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías “por violación a los derechos fundamentales a la seguridad jurídica y debido proceso por desconocimiento del caso respectivo”.

La procuradora se basó en que la medida de aseguramiento a Cassiani Valiente no tuvo recursos interpuestos por parte de la defensa del concejal cuando el juez Segundo Penal  Municipal se lo preguntó tanto a él como a  su defensa y  respondieron de manera rotunda que no lo harían.

LEA LA DECISIÓN AQUÍ:

El JUZGADO QUINTO PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO

RESUELVE

PRIMERO: Declarar la procedencia de la acción de tutela impetrada por el Procuradora 83 Judicial Penal de Cartagena Dra. DIANA MARIA GIRALDO CIRO por la vulneración del derecho fundamental al debido proceso al haberse configurado un defecto procedimental absoluto por Desconocimiento del precedente en el trámite de HABEAS CORPUS invocado por el señor LUIS JAVIER CASSIANI VALIENTE adelantado por el JUZGADO CUARTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS, por lo anotado en la parte motiva de este fallo.

SEGUNDO: DEJAR sin efectos la decisión de HABEAS CORPUS proferida el día 13 de junio de 2018 por el Juzgado Cuarto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías, y en consecuencia queda vigente la medida de aseguramiento dictada en contra del señor LUIS JAVIER CASSIANI VALIENTE el dia 16 de marzo de 2018 por el Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena, por violación del derecho fundamental al debido proceso al haberse configurado un defecto procedimental absoluto por Desconocimiento del precedente.  ORDENAR el archivo definitivo de dichas diligencias.

TERCERO: ORDENAR, como consecuencia de lo anterior, la captura del señor LUIS JAVIER CASSIANI VALIENTE identificado con cedula de ciudadanía 73.201.292 de Cartagena, y una vez capturado sea dejado a disposición de la investigación en su lugar de residencia. Librar las ordenes respectivas al CTI.

CUARTO: Compúlsese copia de esta actuación al CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA – SALA DISCIPLINARIA y A LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION para que investigue las posibles faltas disciplinarias y penales en que hubiere incurrido el JUEZ CUARTO PENAL MUNICIPAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE GARANTIAS DR. JOSE LUIS ROBLES TOLOSA.

QUINTO: Comunicar esta decisión a las partes por el medio más expedito, haciéndole saber que puede ser impugnado dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación.

QUINTO: REMITIR esta actuación, en su debida oportunidad a la H. Corte Constitucional para su eventual revisión siempre y cuando no sea impugnado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

 

PERICLES RODRIGUEZ SEHK
JUEZ

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