Política


Consejo de Estado tumba nulidad en elección de contralor de Cartagena

Tras una polémica elección que tuvo coletazos hasta en el Palacio de la Aduana, se declaró nula. Ahora, el alto tribunal la deja sin efectos jurídicos.

En 2020, específicamente el 14 de julio, los concejales de Cartagena eligieron a Héctor Consuegra Salinas como contralo distrital; sin embargo, esa decisión provocó controversias e investigaciones.

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Consuegra Salinas, quien prestaba sus servicios como asesor de control fiscal en Edurbe, entidad con injerencia de la Alcaldía de Cartagena, sufrió la nulidad de su elección y nunca se posesionó como jefe del ente de control.

La inhabilidad fue definida por el departamento administrativo de la Función Pública al indicar que el contralor Distrital electo estaba inhabilitado para ejercer ese cargo. La Función Pública precisó esto teniendo en cuenta que Héctor Consuegra, cuando fue elegido como contralor electo el 14 de julio pasado, trabajaba como asesor de control interno en Edurbe.

Lo ocurrido motivó una investigación de la Personería Distrital, pues fue señalado de ocultar que al tiempo que participaba en el concurso fungía como funcionario de Edurbe.

El 2 de agosto del mismo año, en diálogo con El Universal, Consuegra renunció a su elección y explicó que tomó la decisión de dejar el cargo por “amor a la ciudad”. “Es beneficioso para la ciudad que haya un contralor Distrital en propiedad. Pero lo que se ha venido presentado es un perjuicio para Cartagena. Entonces para que mi ciudad no esté en el limbo jurídico en la Contraloría me aparto a un lado”, expuso en su momento.

La decisión

En su carta de renuncia que presentó ante el Concejo, el abogado y contador público argumentó que su decisión es libre y espontánea con el objeto de poner fin a la polémica desatada.

Posteriormente, casi dos años después, el Consejo de Estado tumbó la decisión del Tribunal Administrativo de Bolívar, donde suspendía de manera provisional los efectos del acto de elección, es decir, desconocía el proceso de selección desarrollado en el cabildo.

En el fallo, el alto tribunal sostiene que fue apresurado el pronunciamiento del administrador de justicia bolivarense, en el sentido de que no había lugar a tal medida porque el funcionario nunca se posesionó en el cargo.

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