Ante el presidente del Concejo Municipal de Turbaco fue presentado un derecho de petición que busca que se entregue información respecto a la situación de Hamer Alberto Caro Taborda, concejal que cumple una medida de detención domiciliaria.
El concejal del partido ASI fue capturado el 24 de octubre del año pasado tras una investigación de la Dirección Especializada contra el Narcotráfico de la Fiscalía, por el delito de tráfico de estupefacientes. Fue llevado ante un juez, que lo cobijó con detención domiciliaria. Sin embargo, tres días después fue elegido como concejal en las elecciones regionales del pasado 27 de octubre.
Ahora el abogado Alexander Covilla, en representación de Walberto Marrugo, quien también aspiró al Concejo de Turbaco y quedó detrás de Hamer en la lista de su partido, presentó el derecho de petición para que el cabildo municipal explique cómo ha sido la labor de Caro, teniendo en cuenta que tiene la medida restrictiva de libertad.
“No entendemos cómo con esa medida tomó posesión de su curul ni cómo ha hecho para ir a las sesiones, sobre todo cuando eran presenciales”, indicó el jurista.
“En el derecho de petición, preguntó al presidente del Concejo por qué y cómo se le permitió a Caro posesionarse como concejal, teniendo en cuenta la medida que cumple. También pregunta si el cabildante tiene algún permiso especial para laborar. Además, el abogado pregunta por qué no se dejó sentado en el acta 002 de enero de 2020 que Caro tenía esa condición judicial.
“De igual manera solicitamos muy respetuosamente requerirle la información pertinente a la Fiscalía 41 Seccional donde corrobore la situación colocada de presente e iniciar lo antes posible al proceso administrativo interno que contempla la Constitución Política para este tipo de situaciones, así como lo que establece el reglamento interno de esta corporación para adelantar el trámite para suspender provisionalmente al señor Hamer Alberto Caro de su condición de concejal del municipio de Turbaco y en su lugar posesionar al señor Walberto Marrugo Cervantes, en razón de ser el segundo en la lista por votos, tal como lo señala el artículo 134 de nuestra Constitución y el artículo 35 del numeral 13 al 17 de su reglamento interno”, indica un aparte del derecho de petición.
Así, el abogado de Marrugo está a la espera de la respuesta del presidente de la corporación edilicia.
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