Política


Revocan fallo de inhabilidad contra exsecretaria de Planeación

La Procuradora General de Bolívar revocó el fallo de 12 años de inhabilidad contra Claudia Merys Castro Pereira, por supuestas irregularidades en una obra.

REDACCIÓN POLÍTICA

16 de julio de 2020 05:18 PM

Fue el 19 de enero de este año cuando la Procuraduría Provincial de Cartagena profirió un fallo de primera instancia en el que inhabilitó por 12 años a Merys Castro Pereira, quien fuere secretaria de Planeación del Distrito, por supuestas irregularidades en una obra en el colegio República de Argentina.

Sin embargo, la defensa de Castro Pereira apeló el fallo ante la Procuraduría Regional de Bolívar, que tuvo resolución antes de los seis meses. Este jueves se conoció que la procuradora Regional, Claudia Patricia Mantilla Mejía, le dio la razón a la exfuncionaria y revocó el fallo que la inhabilitaba.

Dicha decisión disciplinaria también ordena devolver el proceso a la Procuraduría Provincial de Cartagena para que surta la notificación del fallo a la disciplinada y su apoderado.

El fallo indica que para tal efecto se tendrá en cuenta lo establecido en los artículos 100 y siguientes de la Ley 734 de 2002, advirtiéndose que contra la decisión no procede recurso alguno.

En el fallo también señala que el funcionario responsable debe realizar los registros que correspondan en el Sistema de Información Misional (SIM) de la Procuraduría General de la Nación.

La investigación se remonta al año 2013. En su momento, la Procuraduría Provincial de Cartagena señaló que la exfuncionaria, siendo secretaría técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) de la región, extendió el día 29 de mayo de 2013 una Certificación de Cumplimiento de Requisitos de Ejecución al proyecto de construcción del área administrativa y de bienestar de la Institución Educativa República de Argentina.

Sin embargo, señaló la Provincial que esta obra no tenía licencia de construcción, toda vez que le fue otorgada 18 meses después, y que con esto supuestamente la entonces secretaria de Planeación había incurrido en falsedad en documento público y transgredido los principios de responsabilidad, moralidad y honradez que deben regir la administración pública.

Sin embargo, al revisar este fallo, la Procuraduría Regional de Bolívar resolvió que, con fundamento en el análisis fáctico, probatorio y jurídico que antecede a la señora Merys Castro Pereira, “no confluyen los requisitos señalados en el artículo 142 de la Ley 734 de 2002 para proferir fallo sancionatorio, en la medida que con la conducta desplegada no se contraría la normatividad vigente y aplicable para la época de los hechos, razones suficientes que llevan a este censor a revocar la decisión adoptada en primera instancia en la providencia proferida el 19 de enero de 2020”.

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