Política


"Reyes quedó libre porque no existe inferencia razonable en su caso": Osorio

El juez Tercero Penal del Circuito ordenó la libertad del concejal Rodrigo Reyes Pereira, al resolver un recurso a favor del abogado Édgar Osorio Osorio, defensor del concejal.

Reyes fue enviado a la cárcel de Sabanalarga el 4 de mayo por la jueza Tercera Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías, Yuri Ponce, por los delitos de urbanización ilegal, que según la Fiscalía se cometió a través del no hacer el trámite, cuando era alcalde de la Localidad 2, de las quejas puestas por algunos vecinos de dos edificios  construidos por los hermanos Quiroz (Alpes 31 y Portal de los Alpes), sobre irregularidades en el frente y área.

Pero el abogado Osorio se sostuvo en que la decisión de la juez era injusta e insistió en la supresión de dicha medida de aseguramiento.

“La medida fue revocada,  al resolver el recurso de apelación que interpuse porque consideré que la decisión era incorrecta, porque no hay inferencia razonable de autoría, del delito de urbanización ilegal”, expresó el abogado Osorio.

“Esto significa que revocada la medida de aseguramiento, mi defendido el concejal Reyes, también se entiende como consecuencia el que pueda regresar a sus funciones del cargo”, agregó el abogado.

Osorio agregó que las investigaciones de los presuntos hechos continúan y la Fiscalía decidirá dentro del término legal si presenta un escrito de acusación o no.

“Lo que viene es que si la Fiscalía presenta la acusación, el caso pasa a la etapa de juzgamiento ante un juez  penal del circuito con funciones de conocimiento para adelantar esta etapa; pero estamos seguros que el concejal Reyes no incurrió en ningún delito porque conozco los hechos y tenemos evidencias contundentes que prueban su inocencia”, dijo Osorio Osorio.

El abogado de Reyes había explicado a este medio que “las omisiones que se le imputan (al concejal) no son omisiones punibles”.

Reconoció que “quizá incurrió en una de ellas, en una mora, en una tardanza, que son los 16 días hábiles para tramitar una queja, ni siquiera para responder, sino para iniciar el trámite”.

Sostuvo que su defendido “no respondió porque coincidió ese tiempo con la fecha en que él renunció, que fue el 23 de octubre de 2014. Al 23 de octubre habían pasado 16 días, pero esas omisiones no son punibles, ya la jurisprudencia penal se ha ocupado de casos concretos en los que para algunos funcionarios es imposible evacuar todo lo que tienen en sus despachos, porque se trata de un servicio público que él había ya advertido al Concejo Distrital (no tenía suficiente personal) en julio de 2014.

“La defensa le demostró a la juez, antes de tomar la decisión, la situación concreta en la que estaba Reyes en la Alcaldía Local 2. Es la de mayor extensión. También se evidenció el comportamiento diligente de Reyes en el ejercicio de su cargo. Existen evidencias contundentes para mostrar eso”, explicó entonces la defensa a este medio.

Se conocio que familiares, amigos y seguidores de Reyes, celebran la decisión de la juez y esperan recibirlo en el Concejo.

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