Regional


Barranquilla prorroga el aislamiento preventivo obligatorio

El alcalde Jaime Pumarejo extendió la medida hasta las 12 de la noche del 31 de mayo. El ‘Pico Cédula’ también se extiende.

EL UNIVERSAL

24 de mayo de 2020 05:12 PM

Mediante decreto No. 0456, del 22 de mayo de 2020, el alcalde Jaime Pumarejo Heins anunció la prorroga del aislamiento preventivo obligatorio y extensión del ‘Pico y Cédula’ en Barranquilla hasta el lunes 1 de junio de 2020.

En el Artículo 1 del Decreto se anuncia que se prorroga “el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes en la jurisdicción del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla hasta las doce de la noche (12:00) del día 31 de mayo de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19. La medida de aislamiento preventivo obligatorio se extenderá en la jurisdicción del Distrito de Barranquilla en los mismo términos y condiciones determinadas por el Gobierno Nacional”.

Circulación de personas y vehículos

En el mismo decreto se manifiesta que está prohibida “la circulación de todas las personas y vehículos en la en la jurisdicción del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla”, pero hace salvedades como que “se permite la circulación de personas y vehículos exclusivamente en los siguientes casos y actividades: asistencia y prestación de servicio de salud; adquisición de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población”.

También se autoriza el desplazamiento para que acudan a servicios como los bancarios, financieros, de operadores de pago, compra y venta de divisas, operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, chance y lotería, servicios notariales, de registro de instrumentos públicos y almacenes de compraventa con pacto de retroventa.

De igual manera se permite la asistencia y cuidado de niños, niñas y adolescentes, personas mayores de 70 años, personas en estado de discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren de la asistencia de personal capacitado o cuidadores.

Pero aclara en el Artículo 5 que la “circulación individual de personas y vehículos para adquisición de bienes y servicios: sin perjuicio de las actividades exceptuadas por el artículo 3 Decreto Nacional 636 de 2020 y el presente decreto, los habitantes del Distrito de Barranquilla solo podrán ejercer las actividades que se mencionan a continuación según el último dígito de su documento de identificación y en el día de la semana que corresponda”.

“Pico y Cédula” - Sanciones

El ‘Pico y Cédula’ en Barranquilla queda así:

- Lunes 25 de mayo 2 y 3

- Martes 26 de mayo 4 y 5

- Miércoles 27 de mayo 6 y 7

- Jueves 28 de mayo 8 y 9

- Viernes 29 de mayo 1 y 0

- Sábado 30 de mayo 2 y 3

- Domingo 31 de mayo 4 y 5

- Lunes 1 de junio 6 y 7.

Las personas que sean sorprendidas desobedeciendo esta disposición, serán amonestadas en los términos del artículo 174 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y conducidas a su lugar de residencia o habitación por las autoridades de Policía, sin perjuicio de las posibles sanciones por comportamientos contrarios a la convivencia y violación a las medidas sanitarias de conformidad con el artículo 35 numeral 2 de la Ley 1801 de 2016, el artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016 y los artículos 368 y 369 del Código Penal.

Los establecimientos de comercio y/o locales comerciales que no acaten estas medidas podrán ser sancionados con Multa General Tipo 4 y la suspensión temporal de la actividad por incumplir las normas o disposiciones de seguridad o sanidad, para el desarrollo de la actividad económica, de acuerdo con su objeto social, de conformidad con el artículo 94 de la Ley 1801 de 2016.

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