Ante el Juzgado Tercero Penal Municipal de Sincelejo fue presentado un incidente de desacato en contra del alcalde del municipio de Majagual, Carlos Cabarcas, por no cumplir el fallo de tutela proferido por ese mismo Juzgado, mediante el cual ordenaba al mandatario a nombrar en propiedad como gerente de la ESE a María Lourdes Rada Castro. El Juzgado Tercero Penal Municipal de Sincelejo tuteló los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo, a la igualdad y el derecho a acceder a cargos públicos de María Lourdes Rada Castro, por haber ocupado el primer puesto en el concurso de méritos para designar al nuevo gerente del hospital de ese municipio de la subregión de La Mojana. El juzgado en mención tuvo en cuenta el pronunciamiento de la Corte Constitucional en su sentencia T- 329 de 2009, pues según el alto tribunal ni las juntas directivas de los hospitales tienen facultades para integrar ternas ni los alcaldes pueden designar caprichosamente de dicha lista al candidato que ellos quieran. Por el contrario, explicó Francisco Cuello Duarte, abogado de la demandante, “deberán nombrar a quien ocupó el primer puesto en el citado concurso de méritos, pues tal como está redactado el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007, contradice el artículo 125 de la Constitución Política”. En consecuencia de lo anterior, el alcalde municipal de Majagual, Carlos Cabarcas deberá dar cumplimiento al fallo de primera instancia así se encuentre pendiente la decisión del juez superior, según precisó el abogado, Francisco Cuello Duarte.
Regional
Incidente de desacato contra el alcalde Cabarcas de Majagual
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