Las víctimas, que serían de una misma familia, habían salido del municipio de Cocorná en Antioquia con destino a la localidad de Yuto en Atrato (Chocó).
La Corte Constitucional reprochó la decisión del Juzgado 15 de Familia de Oralidad de Medellín que autorizó las visitas del menor a su padre. Esta es la razón.