Colombia


Empresas de taxis, a responder por daños que produzcan sus vehículos

COLPRENSA

11 de julio de 2012 12:01 AM

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia determinó que las empresas de taxis deben responder junto con el propietario del vehículo de los daños que estos produzcan.
Con ponencia del magistrado Javier Zapata, la Sala Penal señaló que a las empresas "se les impone ejercer sobre los vehículos vinculados, verdaderos poderes de dirección y control. Si los incumplen, ello no las exonera de la responsabilidad civil derivada de los delitos que se comentan con esos equipos".
Por eso, según se deduce del artículo 36 del Estatuto Nacional de Transporte, "las compañías operadores de transporte -sin excepción- son responsables patrimonialmente de los perjuicios que sean consecuencia del desarrollo de su actividad".
La Corte se basa además en el hecho de que la compañía de transporte es la encargada de acreditar ante las autoridades los requisitos para obtener o renovar la tarjeta de operación de los vehículos que operan para estas.
Entre esos documentos está, entre otros, el seguro obligatorio y las certificaciones de la existencia de pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual de la empresa.
El pronunciamiento de la Corte se produjo al analizar el caso del conductor de taxi Víctor Manuel Bolívar Albarracín, quien fue condenado a 32 meses de prisión por homicidio culposo quien además deberá reparar por daño moral a la madre de la víctima con el pago de 120 salarios mínimos, pago que también debe ser asumido solidariamente por la empresa de taxi y la aseguradora.

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