Política


Expectativa por alcances del fallo sobre pensiones millonarias

COLPRENSA

07 de mayo de 2013 10:44 AM

Lo más importante del fallo que tumbó el régimen especial de congresistas y magistrados, se debatirá este martes desde las tres de la tarde en la Corte Constitucional. Se trata de saber si el fallo tendrá efectos retroactivos o no.
La decisión que se define en la Sala designada para este tema en la Corte, es histórica, pues fija como tope para que estos funcionarios se pensionen 25 salarios mínimos legales vigentes, esto es, 14 millones 600 mil pesos, tal y como se fijó en el acto legislativo 01 de 2005.
Ahora bien, la clave está en los efectos del fallo. Es decir, desde cuándo la decisión empieza a regir y si se deberá reliquidar y, desde qué año, las pensiones que ya fueron otorgadas a dichos funcionarios.
Aquí, señaló en Blue Radio uno de los demandantes, Dionisio Araújo, lo que podría pasar es que la Corte determine la retroactividad desde el 2010 ya que el mencionado acto legislativo dispone que ese tope máximo de 25 salarios mínimos empezará a regir desde el 31 de julio de 2010.
No obstante, la Corte podría fijarlo desde 1994 o desde el 2005. La fecha de año 94’ se toma en cuenta ya que la norma demandada fue el artículo 17 de la ley cuarta de ese año y, la del 2005, por la reforma que fijó los nuevos topes para las pensiones de los colombianos.
Este último escenario no parece el más viable, ya que, explicó Araújo, ahí se “entra en un debate sobre la vigencia de los derechos adquiridos con base en una norma que la propia Corte Constitucional declaró exequible en su momento. Hubo gente que de buena fe, con base en un régimen que fue encontrado jurídicamente válido, se pensionó”.
El otro abogado demandante, Germán Calderón España, considera igualmente que el límite que fijará la Corte será 2010. Esto significaría, según dijo, que quienes cumplieron los requisitos para recibir su pensión, edad y semanas cotizadas, para diciembre de 2010, podrán recibir su pensión con los topes de la ley de 1994.
“Es más importante que el mismo principio de fallo que dieron a conocer porque ahí se dará a la retroactividad universal, parcial o simplemente que no habrá retroactividad. Por eso es tan importante que la Corte sea muy clara en establecer los términos de este fallo para que no se interprete de forma errónea por los jueces”, dijo Calderón.
ALGUNAS CIFRAS 
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, en la actualidad el 20 por ciento de los colombianos que tienen una pensión más alta recibe el 80 por ciento de los subsidios que el Estado otorga.
“El 80 por ciento, que en su mayoría recibe pensiones bajas y son quienes más requieren apoyo por parte del Estado para tener una mejor protección para la vejez, es el que menos subsidio recibe”, asegura el Ministerio.
Por esa razón, el Ministerio en un comunicado revelado este martes, celebró la decisión por considerar que “contribuye a disminuir la desigualdad, uno de los grandes problemas que tiene el Sistema General de Pensiones que el Gobierno Nacional busca remediar con el modelo de protección para la vejez propuesto”.
De acuerdo con las cifras entregadas en enero pasado, durante una audiencia pública en la Corte Constitucional, hay más de 30 congresistas que podrían acceder a una pensión de más de 25 salarios.
En esa oportunidad se señaló, además, que actualmente hay más de mil personas que se pensionan con más de 25 salarios mínimos. De estos, 626 son ex congresistas que en promedio reciben 35 salarios mínimos de pensión: esto es más de 20 millones 400 mil pesos al mes.
Ahora bien, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, al celebrar la decisión de la Corte por considerar que va en equidad, dijo que el fallo le ahorrará al Estado 50 mil millones de pesos mensuales. Además, indicó en Blu Radio que este año se destinarán 20 billones de pesos para el pago de pensiones.
LA DECISIÓN
Este lunes una sala compuesta por cuatro magistrados titulares y tres conjueces, tumbó el artículo 17 de la Ley cuarta de 1992, que establecía que dichos funcionarios se jubilaban con el 75 por ciento del último sueldo, lo que en algunos casos podía ascender hasta los 29 millones de pesos mensuales.
Al caerse esta norma, los congresistas y magistrados podrán sólo pensionarse máximo con 14 millones 600 mil pesos (25 salarios mínimos mensuales vigentes) como estableció el acto Legislativo 01 de 2005.
Cabe señalar que aunque se fijó ese tope máximo en 2005, los congresistas y magistrados lograban pensionarse con base en la norma anterior.
DATO
En la sala estuvieron presentes los magistrados Jorge Ignacio Pretelt (ponente), Mauricio González Cuervo, Luis Guillermo Guerrero y Gabriel Eduardo Mendoza; así como por los conjueces Juan Carlos Henao, Manuel José Cepeda y Alejandro Venegas. El otro conjuez Luis Fernando Álvarez está de viaje.

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