El grupo “Cambiemos esta vaina”, que apoya la precandidatura de Alcides Arrieta Mesa a la Alcaldía de Cartagena, interpondrá una acción de tutela para que la Registraduría Nacional del Estado Civil modifique el calendario electoral en lo atinente a la fecha de inscripción de candidatos.
En rueda de prensa, el grupo, que busca inscribir a Arrieta Mesa por firmas, sostuvo que no obstante que harán el mayor esfuerzo para intentar inscribir la candidatura a la Alcaldía el 30 del presente mes, “Consideramos que el tiempo de que se dispone para la inscripción del grupo significativo de ciudadanos, vence el 15 de junio, y no el 30 de mayo, porque así lo ordena el artículo 28 de la Ley 1475 del 2011, que establece, que ‘los candidatos de los grupos significativos de ciudadanos deberán registrarse ante la correspondiente autoridad electoral cuando menos un mes antes de la fecha de cierre de la respectiva inscripción’”.
A su vez, Arrieta Mesa considera que no obstante que el inciso segundo del artículo 30 de la Ley 1475 de 2011, señala que “en los casos de nueva elección o de elección complementaria para el resto del periodo de cargos y corporaciones de elección popular, el periodo de inscripción durará quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la convocatoria a nuevas elecciones, esta norma no es aplicable por cuanto la inscripción de candidatos de grupo significativo de ciudadanos está regulado especial e integralmente por norma especial en la misma ley, estableciendo tratamiento diferencial para quienes lo hacen por firmas, en virtud que otorgar un aval es muy fácil por cuanto solo se requiere de impresión de un formato y una firma, en tanto que recoger firmas requiere de un tiempo y esfuerzo extraordinario, además emanado del pueblo, poseedor de la soberanía política”.
“Por tal razón, el Comité promotor solicitará por vía administrativa y mediante acción de tutela, la modificación del calendario electoral en lo atinente a la fecha de inscripción por el grupo significativo de ciudadanos, por cuanto consideran que dicho calendario vulnera el derecho de elegir y ser elegido al limitar el tiempo para la recolección de los apoyos”.
