“Hemos visto que en la religión hay patologías altamente peligrosas que hacen necesario considerar la luz divina de la razón como una especie de órgano de control por el que la religión debe dejarse purificar y regular una y otra vez, cosa que ya pensaban los padres de la Iglesia”. Joseph Ratzinger.
Esta es una conclusión enmarcada en un debate realizado en la Academia Católica de Baviera en enero de 2004, donde Habermas y Ratzinger debatieron los fundamentos prepolíticos del Estado.
Aludo a esto en virtud del Proyecto de Acuerdo que busca crear el Mes de la Biblia. Sin embargo, esto no puede analizarse sin escrutar los tiempos actuales donde hay un resurgir de los discursos religiosos en el ámbito estatal que desafían el uso de la razón pública. Transitar rápidamente en las últimas décadas de sociedades seculares a sociedades postseculares tiene consecuencias nada fáciles. A su vez, como lo han reconocido liberales como Habermas, Rawls, Dworkin y nacionalmente Rodolfo Arango, ¿cómo pueden las personas creyentes adherir motivacionalmente a un Estado Liberal en el cual sus posturas se confinaron a lo íntimo, aunque estas pudieran ser socavadas?
Es así como la reflexión filosófica a arribado por ejemplo, como lo plantea Habermas y asiente Arango, que debe permitirse dentro del debate político las posturas religiosas haciendo una distinción: 1. Esfera pública informal la cual alude al activismo en la formación de la opinión pública y el ejercicio de los mecanismos participativos donde pueden estar todos los discursos religiosos con sus contenidos de verdad; 2. Y la esfera pública formal que versa sobre la condcuta de los servidores públicos la cual se ordena por normas.
En consecuencia, se reconoce que el Estado Liberal no puede imponer un yugo a los creyentes para expresar sus concepciones de vida buena y querer sobre el poder público ya que sería inhumano negarles sus pretensiones de validez. No obstante, hay que recordar que vivimos en sociedades plurales en las cuales conviven bajo el mismo suelo distintos credos, ninguno de los cuales puede ser privilegiado por el Estado (art.19CP) aunque existan sanos motivos.
Entonces, ¿en una ciudad donde habitan cristianos con Biblias basadas en diversos cánones, junto con musulmanes, judíos hindúes, etc, puede el Distrito hacer gasto público a favor de un solo Texto Sagrado? Ahora bien, ¿poner a disposición todos los medios de comunicación de las entidades centralizadas y descentralizadas distritales para que se conviertan en órganos de difusión del Texto Sagrado de nosotros los cristianos es consistente con la estructura constitucional del Régimen Municipal colombiano?
Conviene como sociedad que hagamos un juicio de esto y de lo que trae consigo la necesidad del laicismo que es una conquista histórica del entendimiento humano.
*Concejal Bancada Cambio radical
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