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Cartagena

Condena millonaria contra el ISS en Cartagena

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Por la negligente atención administrativa que llevó a la muerte a un paciente, el extinto Instituto de Seguros Social debe pagar aproximadamente $830 millones más los intereses que se generen hasta que se produzca el pago de esta suma.

Aunque no ha sido el único caso resuelto por entes judiciales en Cartagena, este se configura en uno de los procesos que más le costará al ISS por su falta de oportuna atención a sus afiliados.
El actual caso fue  resuelto por el Tribunal Administrativo de Bolívar, que le tocó decidir, en segunda instancia, una demanda de reparación directa interpuesta por la familia de Julio Vergara, quien falleciera a los 59 años de edad, el 8 de septiembre de 2001 en esta ciudad, luego que su familia insistiera en varias ocasiones por la realización de exámenes y procedimientos quirúrgicos a raíz de un dolor que el señor presentaba en el tórax.
Los hechos
El padecimiento del señor Vergara se inició en agosto de 2000, acudiendo a la clínica  Henrique de la Vega de Cartagena , de propiedad del ISS, donde le fueron ordenados varios exámenes para determinar las razones de su quebranto de salud.
En octubre de ese mismo año le determinaron una enfermedad coronaria (en el corazón) y le ordenaron nuevos exámenes. De allí en adelante fue todo un calvario para que el ISS atendiera y practicara los mismos, debiendo, incluso, acudir a tutelas en  marzo del 2001.
Llegó el mes de abril del 2001 y aún no le eran practicados los costos exámenes, pese a la orden de tutela que existía. En mayo, ya cuando se le había realizado un cateterismo, se ordenó el procedimiento de revascularización miocárdica, para lo cual fue necesario interponer otra tutela.
Ante esta situación, fue la Junta Médica del ISS que recomendó la intervención de urgencia, pero tal proceso se dio cuatro meses después.
Ante la demora del proceso era necesario realizar un nuevo cateterismo, pues el realizado en mayo ya había perdido actualidad y era necesario tener uno vigente para ver si determinar si el procedimiento a realizar seguía siendo el mismo (revascularización miocárdica).
Después de tanta insistencia para el nuevo cateterismo, el señor Vergara fue sometido a intervención en septiembre de 2001, un año después de las primeras manifestaciones de dolor. Fue intervenido el 3 de septiembre, pero tres días después falleció.
Lo que dice el Tribunal
Tanto el Juzgado Séptimo Administrativo de Cartagena como el Tribunal Administrativo de Bolívar coinciden en anotar que hubo negligencia en la atención oportuna por parte del ISS.
El Tribunal estimó que la prestación del servicio médico-asistencial suministrado al paciente por la entidad demandada fue negligente, irregular e ineficaz, dado que tanta demora  injustificada comporta una evidente falla en el servicio y por ello está llamado a responder patrimonialmente por la muerte del señor Vergara.
“...aunque no se puede afirmar que si el ISS hubiese actuado con diligencia el paciente habría recuperado su salud, lo cierto es que si se hubiese obrado oportunamente se le daría el chance u oportunidad recuperarse”, concluyó el Tribunal.
Esta sentencia ya no tiene apelación y lo ordenado debe ser cumplido por el extinto ISS.
Lo que dijo el ISS
Ante la demanda, el ISS respondió a los entes judiciales que los hechos u omisiones que le endilgan no le constaban. Además argumentó que cada uno de los gastos demandado por la atención de paciente fue sufragado por la entidad oportunamente



Los hechos por el cual se demandó al extinto ISS se presentaron por fallas administrativas en la Clínica Henrique de la Vega, en Cartagena. archivo
Los hechos por el cual se demandó al extinto ISS se presentaron por fallas administrativas en la Clínica Henrique de la Vega, en Cartagena. archivo
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