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Cartagena

Piden investigar licitación para estación de servicio en Andalucía

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La construcción de una estación de servicio sobre la calle 30 del barrio Andalucía, que despertó en días pasados el inconformismo de muchos moradores del sector por el peligro que representa un establecimiento donde se manipulan combustibles en un lugar residencial, alerta ahora a las autoridades locales.
El concejal del Polo Democrático David Múnera instauró una petición ante la Personería y la Procuraduría Provincial para que se abra investigación contra los funcionarios que participaron en la entrega de la licitación para la construcción de la estación de gasolina.
“Yo hice una petición porque considero que a la luz del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), la construcción es indebida. Toda vez que el POT prohíbe la construcción de estaciones de servicios en zonas residenciales”, dijo.
Múnera también señaló que en su petición deja claro que si es necesario se abra una investigación disciplinaria.
“Si se encuentran méritos, pido que se proceda a una investigación disciplinaria contra las personas implicadas en esta licitación que va en contra del POT”.
La petición fue instaurada el jueves pasado en vista del peligro que representa para la vida de las personas que residen en esa zona, en la que, además quedan cerca tres instituciones educativas, lo que indica que con frecuencia transitan niños por el sector.
APARTE DE LA PETICIÓN
“(...) solicito a su honorable Despacho, se sirva abrir investigación preliminar con el fin de esclarecer las circunstancia que dieron pie a la expedición de la licencia para la construcción de la obra con radicado como Demolición total y construcción en la modalidad de obra nueva, del inmueble ubicado en la calle 30No 47-24 y 47-06 del sector Piedra de Bolívar, barrio Andalucía y si fruto de esa investigación se encuentran irregularidades donde estén involucrados funcionarios públicos del Distrito de Cartagena y de la Curaduría Urbana No.1 se proceda a iniciar los procesos disciplinarios pertinentes”.
“EL POT LO PROHÍBE”: COMUNIDAD
Frente a este tipo de construcciones, el Plan de Ordenamiento Territorial de Cartagena (POT), que rige desde 2001, establece la ubicación de las estaciones de servicio en zonas exclusivas y garantiza que si ya existen, no deben ser ampliadas.
En esto se basan las personas que consideran que la obra no es viable en ese punto.
Artículo 242: Estaciones de Servicio. No se permite la ubicación de
estaciones de servicio en las áreas donde exista actividad residencial, como uso principal o complementario o viceversa.

Las estaciones de servicio que actualmente funcionan en áreas residenciales pueden remodelarse o reorganizarse, siempre y cuando estas acciones no impliquen ampliación. Las ampliaciones sólo podrán efectuarse cuando se cumplan la totalidad de las especificaciones técnicas exigidas por las normas nacionales vigentes.
La Secretaría de Planeación Distrital el 2 de octubre de 2002 expidió la circular No 3 dirigida a los curadores urbanos donde le notifica que a partir del POT de 2001 artículo 242, no se permite la ubicación de estaciones de servicio en las aéreas residenciales.
Y en su petición el concejal afirma: “No hay la menor duda de que en el 2001 en esa área no existía el objeto de la licencia”.
(Lea aquí: Controversia por construcción de bomba de gasolina en Andalucía.)
“LA ZONA NO ES RESIDENCIAL, ES MIXTA”
Consultados por El Universal sobre el caso de la estación de servicio que se construye en Andalucía, los asesores jurídicos de la Curaduría Urbana número 1, explicaron el uso de la zona en mención y aseguraron que por ser una zona de actividad mixta 2 la construcción de la estación de servicio puede ser restringida, mas no prohibida.
“Aunque los residentes digan que es de uso residencial, el POT mismo la clasifica como zona de Actividad Mixta 2 en el que se permite la modalidad de Comercio 3 donde figuran: combustibles y similares, estaciones de servicio, montallantas, maquinaria pesada, entre otros, que figuran como restringidos”.
Sin embargo, los funcionarios también explicaron que el uso de este tipo de establecimientos está restringido y que la Secretaría de Planeación debe hacer un estudio de impacto urbanístico para aprobar o no las construcciones de este tipo de negocios.
“Como el uso es restringido, los permisos para construcción están supeditados al estudio de impacto urbanístico que hace la Secretaría de Planeación, y en este caso, luego del estudio, la Secretaría consideró que la bomba en ese punto no causa impacto urbanístico”, explicó una abogada de la Curaduría 1.

Aunque algunos residentes aseguran que la zona donde se construye la bomba es residencial, el POT la califica como zona de Actividad Mixta. CORTESÍA
Aunque algunos residentes aseguran que la zona donde se construye la bomba es residencial, el POT la califica como zona de Actividad Mixta. CORTESÍA
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