En un término de 15 días las entidades Dragados Hidráulicos S.A. y Cormagdalena deben abrir espacios de concertación con las asociaciones de pescadores y agricultores de Pasacaballos y con el Consejo Comunitario de la Comunidad Negra de este corregimiento, para evaluar los daños causados por el dragado del Canal del Dique y la forma de resacirlos.
Esta orden fue emitida por la Sala Civil, especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cartagena, que atendió la tutela interpuesta por la comunidad de Pasacaballos.
Los accionantes alegan que el dragado al Canal del Dique atenta contra sus derechos a la consulta previa, debido proceso, trabajo digno, mínimo vital y a la identidad cultural y autonomía, pues estas labores afectan la actividad principal de subsistencia, que es la pesca.
“Queremos que se garantice la seguridad alimentaria, porque el hecho de que estén dragando la zona donde ellos habitualmente pescan, atenta contra un derecho fundamental de subsistencia y como comunidad negra estamos pidiendo que se nos consulte bajo el precepto de que ese es un proyecto que amerita consulta previa”, explicó Wilman Herrera, abogado de la Asociación de Pescadores de Pasacaballos.
El Tribunal también ordenó a las entidades diseñar conjuntamente con los accionados las medidas que sean necesarias para mitigar los efectos dañinos de las obras de dragado, que deberán ser acordes con la calidad del oficio desarrollado por los pescadores de Pasacaballos y no necesariamente de naturaleza económica.
Este proceso también involucra al Ministerio del Medio Ambiente, que estructuró los trabajos para mejorar la navegabilidad por el cuerpo de agua y a la
Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, entre otras entidades.
El fallo establece que para los próximos dragados se realicen las consultas obligatorias de acuerdo con la ley.
No es la primera vez
Las asociaciones de agricultores y pescadores que interpusieron la tutela por el dragado del Dique, meses atrás instauraron un proceso similar contra la Refinería de Cartagena por el transporte de coque (un derivado del petróleo) y en agosto pasado la Corte Suprema de Justicia amparó sus derechos fundamentales a consulta previa, identidad cultural y autonomía al ordenar que se suspendiera el transporte del combustible y se iniciara la concertación con la comunidad.
“Estas son actuación dolosas por parte de las empresas porque desconocen que Pasacaballos es constitucionalmente reconocido como comunidad étnica y vulneran algunos derechos como la pesca, que es una actividad de connotación natural que los caracteriza, a Cartagena y al Caribe”, puntualizó el abogado Herrera.
