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En Cartagena ya no será obligatorio usar tapabocas en espacios públicos

El Distrito, a través del Decreto 0284 del 28 de febrero de 2022, adoptó nuevas medidas frente al COVID-19. Conozca dónde será obligatorio el tapabocas.

En Cartagena ya no será obligatorio usar tapabocas en espacios públicos

El uso de tapabocas solo se elimina en espacios públicos. Seguirá siendo obligatorio en espacios cerrados donde no haya ventilación directa. //Archivo El Universal

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El alcalde William Dau Chamat, a través del Decreto 0284 del 28 de febrero de 2022, autorizó eliminar el uso obligatorio de tapabocas en espacios abiertos del Distrito de Cartagena. Lea: Cartagena, una de las ciudades que elimina el tapabocas en espacio público

La decisión fue adoptada por el mandatario acogiendo las directrices del presidente, Iván Duque, y el Ministerio de Salud y Protección social, que autorizaron a los municipios y ciudades del país con el 70 % de coberturas con esquemas completos de vacunación contra la COVID eliminar el uso de tapabocas en espacios abiertos.

Es de resaltar que el Distrito de Cartagena cumple con los requisitos para aplicar la medida, pues, según reporte del Ministerio de Salud, la ciudad cuenta con un avance de vacunación con esquemas completos correspondiente al 71,3%.

Con la entrada en vigor del decreto 0284, el uso de tapabocas en espacios abiertos al público no será de obligatorio cumplimiento, es decir, no habrá necesidad de usar tapabocas en la calle, estadios y en general todos los espacios abiertos donde haya ventilación directa de aire, como en parques y terrazas.

El Decreto 0284 tendrá vigencia desde las 00:00 horas del 1 de marzo de 2022 hasta las 24:00 horas del 30 de abril de 2022.

¿En dónde es obligatorio el uso del tapabocas?

De acuerdo con la nueva normativa, el uso de tapabocas en Cartagena seguirá siendo obligatorio en espacios cerrados donde no haya ventilación directa, tales como establecimientos de comercio, discotecas, oficinas, transporte de servicio público, entre otros.

En los colegios, los estudiantes deberán usar el tapabocas en el salón de clases, pero se les permitirá retirárselo en horas de recreo o descanso, siempre y cuando estas transcurran en un espacio abierto.

En los centros comerciales mixtos, que tienen espacios abiertos y cerrados, en iglesias y salas de cine, se recomienda el uso del tapabocas.

Otras medidas

Durante la vigencia del Decreto 0284 del 28 de febrero de 2022 también se mantendrán vigentes las siguientes medidas:

- Toque de queda

Se mantiene en todo el Distrito de Cartagena entre las 3:00 a. m. hasta las 5:00 a. m. de cada día.

- Carné de vacunación obligatorio

Se debe presentar obligatoriamente el carné de vacunación contra el COVID-19 o certificado digital de vacunación para el ingreso y participación de eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y en bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.

- Apertura bares y gastrobares

El horario de apertura será desde las 10:00 a. m. de cada día.

- Horario de establecimientos

El horario de funcionamiento de tiendas, estancos, billares, terrazas, refresquerías y salsamentarias queda restringido hasta las 12:00 a. m. de cada día.

- Autorización de espectáculos públicos y eventos privados

Para la realización de espectáculos públicos se deberá contar con la autorización previa de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, previo al lleno de los requisitos legales.

Para la realización de eventos privados no será necesario contar con la autorización de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.

- Ingreso a playas

Se permite en el horario comprendido entre las 8:00 a. m. hasta las 6:00 p. m.

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