Sigue el debate alrededor del Decreto 2206 del 7 de noviembre de 2025, que establece medidas especiales de movilidad para la temporada de Navidad y fin de año. Recientemente, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) aclaró que entrará en vigor a partir del lunes 15 de diciembre.
Dentro de las nuevas medidas se contempla una modificación en el pico y placa para particulares, que será de 6 a. m. a 6 a.m del día siguiente, es decir, los vehículos no podrán transitar durante 24 horas según el número de placa asignado para cada jornada. Lea aquí: Rechazo a decreto de pico y placa por 24 horas en Cartagena
Además, se permitirá la circulación de motociclistas entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m. Este beneficio no aplica para todas las motos, sino únicamente para quienes acrediten su actividad laboral.
Nuevo pico y placa aplica para todas las vías de Cartagena
Respecto a las vías que incluye la nueva medida para regular movilidad durante fin de año, el decreto señala que se retringe “la circulación de vehículos particulares, incluidas la motocicletas y tricimotos, en el horario comprendido entre las 6:00 a. m. y las 6:00 a.m. del día siguiente, de lunes a viernes, en todas las vías del Distrito Turistici y Cultutal de Cartagena de Indias”, conforme a la rotación establecida en el documento.
Las razones del nuevo decreto
El director del DATT, José Ricaurte explicó que Cartagena enfrentará una de las temporadas turísticas más fuertes del año, con la llegada estimada de 300.000 vehículos entre diciembre y enero. Le puede interesar: DATT aclara: decreto de movilidad será pedagógico hasta el 15 de diciembre
En ese sentido, el objetivo central del decreto es mejorar la movilidad ante el incremento del tráfico, sin que esto implique imponer restricciones permanentes. Las medidas estarán vigentes hasta el 24 de enero de 2026, una vez concluya el flujo masivo de visitantes.
Permiso especial para motociclistas del sector turístico
Pensando en trabajadores del sector hotelero, gastronómico y de entretenimiento que cumplen jornadas nocturnas, el DATT permitirá la circulación de motociclistas entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m. Este beneficio no aplica para todas las motos, sino únicamente para quienes acrediten su actividad laboral.
Los interesados deberán tramitar el permiso en la página oficial del DATT (transitocartagena.gov.co) y cargar la certificación de su empleador, donde conste su vinculación a labores relacionadas con el turismo o actividades que operen en horarios nocturnos.
